- ¿Qué es un requerimiento de comparecencia SEPE? En España existe un subsidio extraordinario de desempleo regulado en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social o TRLGSS, el cual está dirigido a garantizar el acceso de las personas desempleadas.
- ¿Cuándo prescribe una sanción del SEPE? En el caso de sanciones impuestas por el SEPE, la normativa prevé un plazo máximo de cuatro años. Eso significa que si pasan más de 4 años entonces ya no se podrá aplicar una sanción por esos hechos no resueltos con anterioridad.
- ¿Qué pasa si no puedo comparecer en el SEPE? Es muy importante conocer que existe un procedimiento que lógicamente se debe cumplir, una vez que la persona ha sido citada, pero si ni puede acudir el día señalado por la oficina SEPE sencillamente no pasa mayor cosa. Se puede solicitar una nueva cita, siempre que la anterior prescriba en el sistema 24 horas después.
- ¿Es importante sellar el paro? Significa renovar la demanda de empleo. Se aplica en caso de incumplimiento una sanción mínima de un mes sin cobro de la ayuda. No obstante se puede perder por completo el beneficio si no se sella la llamada tarjeta del paro, renovada automáticamente durante la crisis terrible de la pandemia del Covid para evitar nuevos contagios.
- ¿En qué situaciones se justifica la no asistencia a una citación? Deben documentarse las razones de la no asistencia a una cita formulada por el sistema del servicio de empleo. Para ello, hay que hacerlo inmediatamente, no dejar pasar mucho tiempo.
¿Qué es un requerimiento de comparecencia SEPE?
Es una de las ayudas con mayor demanda. Se trata de una de las prestaciones destinadas a aquellas personas que ya han extinguido su derecho al paro y siguen buscando empleo, por lo que requieren de esta prestación para ayudarse.
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A partir de octubre de 2021, el Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE, amplió las exigencias a los futuros beneficiarios, quienes deben realizar lo que se denomina una Búsqueda Activa de Empleo o BAE a fin de calificar para este subsidio.
Esto se considera como el conjunto de actuaciones que desarrolla una persona para conseguir un empleo, es decir, el envío de resúmenes curriculares a tres o más empresas; realización de entrevistas de trabajo; inscribirse en una agencia de colocaciones; obtener un trabajo por cuenta propia; inscripción en páginas web especializadas en este tipo de búsquedas, así como gestiones formuladas con intermediación del Servicio Público de Empleo, etcétera.
La ley española estipula una serie de prestaciones por desempleo que deben cumplirse. Caso contrario, se incurre en infracciones que son sancionadas con apego a la normativa legal vigente sobre la materia.
Desde este punto de vista, es perfectamente factible que las personas beneficiarias de prestaciones deban pasar una justificación, cuando de esta manera les sea solicitada ante el Servicio Público de empleo Estatal o SEPE, así como en los servicios públicos de empleo dispuestos en las regiones autónomas.
En dicha justificación se deben plasmar todas las actuaciones realizadas en el proceso de búsqueda de empleo, el retorno al mercado laboral o mejoras en la ocupación existente.
De hecho, existe un modelo de comparecencia tras el trámite de nueva inscripción como demandante de empleo ante el SEPE, cuya última revisión fue ejecutada en enero de 2021.
¿Cuándo prescribe una sanción del SEPE?
En el caso de sanciones impuestas por el SEPE, la normativa prevé un plazo máximo de cuatro años. Eso significa que si pasan más de 4 años entonces ya no se podrá aplicar una sanción por esos hechos no resueltos con anterioridad.
Por ejemplo, si una persona beneficiaria del paro que identificamos como Alexis Rosas, resuelve viajar al extranjero durante un lapso de 6 meses y sigue cobrando esta prestación sin que medie una notificación oficial al SEPE, porque evidentemente la idea es seguir percibiendo el beneficio.
Pues bien, en este caso si el SEPE advierte la existencia de esta violación y no reclama el dinero recibido ilegalmente antes de que se cumplan 4 años, ya no es posible aplicar la sanción. Ha fenecido, prescribió y no puede reclamarse nada al respecto.
Esto se conoce como cobro indebido de prestaciones. Igual sucede con cuotas eludidas, que deberán cotizarse ante la Seguridad Social, prescriben en el mismo lapso.
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¿Qué pasa si no puedo comparecer en el SEPE?
Cabe resaltar que lo ideal es acudir el día en que nos ha citado el Servicio Público de empleo, porque las sesiones de control son fundamentales para mantener la prestación que nos ha sido aprobada tras mantener la condición de desempleado y es relevante contar con la orientación del Estado a través de este órgano, en casos de orientación laboral y formación.
De hecho, durante la inscripción el aspirante al beneficio del paro en la solicitud impresa de prestaciones asume ciertas obligaciones, conocidas como el compromiso de actividades.
Si estas no son cumplidas pueden aplicarse sanciones, que van desde la pérdida temporal o definitiva de esta ayuda.
Entre las obligaciones más importantes tenemos:
Sellar el paro
Esta situación ha cesado y “sellar el paro” ha vuelto a ser de cumplimiento obligatorio en todas las comunidades autonómicas, tras el cese de la emergencia sanitaria y los altos índices de vacunación en España y gran parte de Europa.
Dicho requisito puede cubrirse también por internet antes de las 24 horas siguientes a la fecha de la cita, en caso de que se haya producido una omisión involuntaria del día límite para hacer la renovación del sellado. Eso sí, se puede hacer siempre que el DNI de la persona sea electrónico, o tenga firma digital.
Si no pudiste hacerlo de estas dos formas, entonces acude al Servicio de Empleo que exista en tu Comunidad, a fin de lograr cubrir el trámite, ya que hay cierta flexibilidad dependiendo de las condiciones de cada Comunidad Autónoma.
Caso contrario, llegará una carta certificada a tu domicilio proveniente del servicio de empleo donde será notificada oficialmente la sanción respectiva, que por lo general te da de baja en el sistema de prestación desde el día en que debió hacerse porque es un sistema automatizado que detecta estas omisiones tan graves como la no renovación.
Acudir a las citaciones de la Oficina de empleo
Son citaciones emitidas mediante una carta enviada al domicilio del beneficiario, o con una llamada telefónica, que es lo más común. Puede llegar un mensaje de texto por SMS, desde el Servicio de Empleo.
Quien no acude a estas citaciones incurre en una falta que amerita una sanción de acuerdo a la normativa respectiva. Así que no vale la pena exponerse.
¿En qué situaciones se justifica la no asistencia a una citación?
Deben documentarse las razones de la no asistencia a una cita formulada por el sistema del servicio de empleo. Para ello, hay que hacerlo inmediatamente, no dejar pasar mucho tiempo.
Los justificantes aceptados son:
- Si por ejemplo la cita choca con una entrevista de empleo o acciones formativas, de perfeccionamiento o inserción profesional. Lo lógico es que la entrevista de trabajo tenga preferencia. Pero debe solicitarse un certificado sellado por el departamento de reclutamiento y selección de la empresa, donde conste la realización de la actividad.
- Una baja médica es otra razón de peso, porque no podrá acudir al llamado de la oficina de empleo, ya que se halla en una condición de incapacidad temporal.
- Es menester entonces pedir el documento justificante ante el Servicio Público de Salud y consignarlo posteriormente ante los funcionarios públicos correspondientes.
- Deber público inexcusable, es otra situación que excusa al desempleado. Por ejemplo, si la persona es jurado en un juicio relevante, o también puede ser integrante de una mesa electoral y el llamado coincide con una reunión de entrenamiento.
- A todo evento, hay que presentarse inmediatamente después de la finalización de la tarea que impide el cumplimiento del deber de acudir al llamado de la Oficina de Empleo.
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