Accidentes Laborales: [Supuestos, Cobro y Tipos de Incapacidades]

Se produce un accidente laboral cuando un trabajador sufre una lesión mientras realiza sus funciones de trabajo o como consecuencia de las tareas que está realizando por cuenta ajena.

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La  Ley General de la Seguridad Social en su artículo 115 lo define de la siguiente forma: ‘’un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena’’.

Con la aprobación de la Ley 20/2007 los trabajadores autónomos si tiene derecho a las prestaciones por contingencias profesionales, en el caso de los autónomos económicamente dependientes es obligatoria la cotización y por tanto la prestación y para el resto de autónomos esta cotización es voluntaria.

Accidentes Laborales

¿Qué supuestos están considerados como accidentes laborales?

Para que un accidente sea considerado como laboral tiene que existir una relación directa entre el trabajo y el accidente. También se considerarán accidente de trabajo los siguientes supuestos:

  1. Accidentes al realizar labores sindicales: si un delegado sindical sufre algún tipo de lesión mientras realiza sus funciones sindicales, o bien al ir o al volver de estas funciones será considerado como accidente laboral
  2. Accidentes in itinere: Los que se producen de camino o de vuelta al trabajo. O en su caso los que no tengan un lugar fijo de trabajo en los desplazamientos realizado entre su casa y el primer o el último cliente visitado.
  3. Accidentes en misión: cuando se esté fuera del centro de trabajo por orden expresa del empresario, cuando se produzca la lesión en dicho trayecto.
  4. Accidentes mientras se realizan funciones que no son propias del puesto que se desempeña: acciones que se realizan por orden del empresario para el buen funcionamiento de la empresa.
  5. Accidentes mientras se realizan actos de salvamentos o similares: siempre que exista una conexión con el trabajo.
  6. Enfermedades que no están en el listado de enfermedades profesionales, pero que se deriven directamente del trabajo.
  7. Enfermedades que ya existían previamente, pero que se agravan realizando las funciones del trabajo.

Salvo que el empresario demuestre lo contrario, se considerará que toda lesión producida durante la jornada laboral y en el centro de trabajo, es un accidente de trabajo.

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¿Qué supuestos no se consideran accidentes laborales?

Los accidentes que  son consecuencia de una fuerza mayor ajena al trabajo. Ya sea por ejemplo un huracán. La empresa no puede hacerse responsable de que el huracán haya sucedido, por lo que no se considerará accidente laboral a pesar de que ha ocurrido en el trabajo.

O bien cuando el accidente se produce con dolo por parte del trabajador, o éste ha cometido algún tipo de imprudencia.

¿Cuánto se puede cobrar por un accidente laboral?

En el caso de la enfermedad profesional y accidente de trabajo, para el devengo de prestaciones durante el período de baja laboral, no se requerirá período mínimo de cotizaciones a la Seguridad Social.

Incapacidad temporal

La baja por incapacidad temporal dura tanto tiempo como el afectado esté impedido para el trabajo y en tratamiento médico. Cuando el accidente se ha considerado una contingencia profesional, no se exigirá que el trabajador haya cotizado período alguno.

Tampoco se exigirá que el empresario haya cursado su alta, ya que se le considerará en situación de alta de pleno derecho. Al tratarse de un accidente laboral, la prestación de la Seguridad Social deberá producirse desde el día siguiente al de la baja del trabajador. El trabajador cobrará:

  1. A cargo del empresario, el salario íntegro del día en que sufrió el accidente.
  2. A cargo de la Seguridad Social, el 75% de la base reguladora desde el día siguiente hasta la extinción de la incapacidad temporal.

Incapacidad permanente

Dicha incapacidad se produce cuando el trabajador, después de someterse al tratamiento médico oportuno, presenta secuelas que afecten a su capacidad laboral. En este caso se incluirán también las lesiones psicológicas como la depresión.

Dependiendo del grado de afectación, se reconocerá un grado u otro. Está incapacidad es susceptible de ser revisada cuando se desarrollan trabajos o se nota una mejoría, empeoramiento o un mal diagnóstico.

Antes de declararse la incapacidad permanente será necesario pasar  un proceso de incapacidad temporal, que finalizará por el transcurso del tiempo o por obtener el alta.

¿Qué tipos de incapacidad permanente existen?

Incapacidad Permanente Parcial

Disminución de la capacidad de trabajo no inferior al 33%, pero que no impida al trabajador desarrollar las tareas de su oficio. El trabajador tendrá derecho a cobrar una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora con la que se determinó cuánto cobraba por incapacidad temporal.

Dicha indemnización se pagará en pago único, garantizando una cuantía mínima al beneficiario mayor de 65 años, además de estar sometida al IRPF.

Incapacidad Permanente Total

Se inhabilita al empleado para desarrollar sus funciones dentro del oficio, pero le permite dedicarse a otra profesión. El trabajador tendrá derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora.

Podrá  incrementarse en:

  1. 20% si el trabajador el mayor de 55 años y tenga dificultades para introducirse de nuevo en el mundo laboral.
  2. 5,10 o 15% en concepto de complemento por maternidad, cuando el trabajador haya tenido 2,3 o más hijos.