Delito de Dolo: ¿Qué es? [Concepto, Tipos y Ejemplos]

El dolo consiste en la acción que realiza una persona sabiendo que constituye un delito.
 Se configura cuando una persona tiene conocimiento de que su conducta o sus acciones  pueden tener consecuencias negativas.

Sin embargo, aún así decide actuar sin tener en cuenta que está cometiendo un acto penado por la Ley. Esto se basa en la condición natural de la vida que señala que toda acción conlleva a una reacción.

El enunciado anterior es de especial observación en el campo jurídico.

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Todos los ciudadanos de una nación,  tienen conciencia de que existen un conjunto de leyes que rigen en el territorio donde viven. 

El incumplimiento de estas, por acción u omisión, puede acarrear sanciones.

La gravedad de estas sanciones en muchos casos puede estar subordinada a los elementos que están involucrados en la ejecución del delito.

Y aunque pareciera evidente que el dolo es una decisión propia del individuo, vale la pena estudiar a fondo todos los elementos que involucra.

El dolo en el derecho penal

Se habla de dolo en el derecho penal cuando un individuo tiene pleno conocimiento de que su acción acarrea sanciones. Esta acción además es punible, pero aún sabiendo esto, se consuma el delito.

 El código penal español en su artículo 10 hace mención del concepto cuando dice:

“Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley”.

El artículo enunciado hace mención del dolo sin definirlo de forma plena. No obstante, sirve para constatar que la legislación española considera el dolo en la comisión de cualquier delito.

El dolo en el derecho penal  puede darse tanto por las acciones como por las omisiones que sean penadas por la Ley. 

Cuando se habla de acción es la ejecución de un hecho y cuando se habla de omisión se trata de dejar de hacer algo que es necesario.

Por lo tanto, el dolo puede originarse cuando una persona comete un hecho a sabiendas de que la acción que está realizando está penada por la Ley. 

Y también cuando la persona deja de hacer alguna acción que puede acarrear una consecuencia que configura un delito.

El dolo en el derecho civil

En el derecho civil el dolo se define como el carácter malicioso y desleal al momento de constituirse una obligación o darle cumplimiento.

Como puede verse, la definición en el derecho civil es diferente que en el ámbito penal.

Por ejemplo
Cuando un individuo hace un contrato adquiere una obligación de darle cumplimiento bajo la forma que en que se ha acordado entre las partes. Ahora bien, cuando cualquiera de las partes actúa con malicia o de manera desleal al momento de la constitución de la obligación es dolo.

También se suscita cuando no se le da cumplimiento a los acuerdos que de ella se deriven.

Por ejemplo
Bajo ciertas circunstancias, una de las partes de una obligación, puede manipular las condiciones de la misma para hacer que se adapten a sus propios intereses en detrimento de la otra parte, esto puede designarse como dolo en el derecho civil.

¿Cómo se diferencia un delito doloso de uno culposo?

Esencialmente la diferencia entre un delito doloso y uno culposo lo determina la voluntad del individuo que participa en la acción.

Si la persona no tiene como objetivo la ejecución de un hecho penado por la ley estamos ante un delito culposo.

Si la persona ejecuta la acción a sabiendas de que tiene consecuencias jurídicas y penales entonces estamos hablando de un delito doloso.

Un individuo puede llevar a cabo una acción que no está encaminada a cometer un delito, pero que sin embargo, al final resulta que infringe la Ley.

Como es evidente, sigue habiendo un delito pero  habrá un elemento de culpa que modificará la sanción establecida. 

Ahora bien, si el delito es cometido con pleno conocimiento de que puede acarrear consecuencias que van en contra de la ley,  y aún así la persona decide llevarlo, a cabo estamos en presencia de un delito doloso. 

Las penas establecidas para ambos tipos de delito se modifican tomando en cuenta estas diferencias enunciadas anteriormente.

¿Qué es el dolo directo?

Es el dolo que se genera cuando una persona sabe que es un delito lo que hará.

También conoce que esta acción atraerá sanciones y penas y aún así, sigue adelante hasta conseguir el objetivo inicial.

 Al dolo directo también se le denomina dolor en primer grado o intencional.

Tal como se ha mencionado en los apartados anteriores,  el concepto de dolo está íntimamente ligado a la voluntad del individuo que comete el delito

En este caso en particular la persona tiene conocimiento pleno de que la acción que se propone realizar está incluida como delito en la legislación vigente.

Como es lógico, toda esta información será tomada en cuenta al momento de establecer la responsabilidad penal y las sanciones correspondientes.

¿Qué es un dolo incidental?

El dolo incidental viene determinado por la voluntad de sacar ventaja sobre la otra parte en un contrato.

Este se genera dentro de la materia de derecho civil.

Las condiciones esenciales que se enuncian en  el contrato se han cumplido, pero una de las partes ha manipulado aspectos de tipo secundario. 

Estos aspectos le otorgan ventaja sobre la otra parte. Esto es lo que hace la diferencia básica en este tipo de dolo. La obligación seguirá adelante hasta cumplirse, pero puede ser en detrimento de una de las partes.

Por esta razón, la Ley, de establecerse la presencia de esta figura jurídica, solicitará una indemnización como compensación.

Este tipo de dolo implica, entre sus características, que  la obligación o acción se habría llevado a cabo con o sin las modificaciones que se han introducido para sacar ventaja de la otra parte. 

Este dolo acarrea como castigo la obligación de realizar una indemnización.

Esta busca  resarcir de alguna forma el daño que se le ha ocasionado a la parte interesada. 

¿Cuáles son los elementos del dolo?

El dolo cuenta en su configuración con dos elementos clave: un elemento cognitivo y un elemento volitivo.

Elemento cognitivo

El elemento cognitivo se refiere a que la persona que va a cometer el delito está consciente de que la acción que va a realizar es un delito, que está tipificado como tal.

También sabe que tiene consecuencias que van a traducir en un castigo designado por la ley. 

Elemento volitivo

El elemento volitivo tiene que ver con la voluntad del individuo de seguir adelante hasta realizar la acción que conoce es un delito.

Entonces para que se hable de dolo deben concurrir estos dos elementos.

La persona debe cumplir con tres requisitos:

  1. Tener conocimiento de lo que significa su acción.
  2. Saber que se trata de un delito que conlleva a consecuencias jurídicas que no podrá eludir.
  3. Continuar su camino para realizarlo.

¿Qué tipos de dolo hay?

La clasificación del dolo se lleva a cabo tomando como base la intención del individuo que comete el delito.

Los tipos de dolo son:

  1. Dolo directo o de primer grado: Se refiere al dolo que está implicado en un delito cometido por una persona que sabe que está cometiendo un hecho punible que tiene consecuencias y que aún así sigue adelante. Se trata de un individuo que en pleno uso de sus facultades mentales toma la decisión de cometer un delito sabiendo que esto tendrá sanciones y lo lleva adelante hasta conseguir su objetivo.
  2. Dolo indirecto o de segundo grado: Se produce cuando en medio del delito principal, se produce una o varias consecuencias que habían sido tomadas en cuenta por el individuo. Estas consecuencias se encuentran dentro de las consecuencias contempladas por la persona pero no son el objetivo principal de su acción. Pero aún sabiendo que esto va a suceder sigue adelante hasta conseguir su objetivo inicial. El deseo o voluntad del individuo de cometer el delito es tan fuerte que no importa si para eso tiene que arrostrar consecuencias aún mayores. Este tipo de conducta estaría tipificada dentro del dolo indirecto o de segundo grado.
  3. Dolo eventual: En este caso la persona envuelta en el hecho sabe que su accionar puede o no resultar en un delito y sin embargo sigue adelante. La acción inicial no está encaminada a conseguir un resultado punible en concreto, pero el individuo sabe que puede suceder y aún así sigue adelante sin tomar en cuenta esto.

El dolo como elemento del delito está destinado a determinar la intencionalidad de la acción cometida por el individuo.

Una revisión del delito y de la persona que lo comete puede orientar en este caso.

 El individuo en pleno uso de sus facultades mentales y que tiene conocimiento sobre las leyes puede tomar la decisión de faltar a las mismas , aun a sabiendas de que esto tendrá consecuencias jurídicas.

El dolo orienta en el estudio del delito para determinar la responsabilidad en la comisión del delito y sirve como guía a la hora de establecer las sanciones necesarias.

Por eso es indispensable manejar todos los elementos que lo caracterizan.

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