Concurso de delitos

  • ¿Qué es un concurso de delitos? Concurso de delitos es la acumulación de varios tipos penales cometidos por una o varias personas en un único hecho delictivo.
  • ¿Cuáles son los tipos de concurso de delitos? El concurso de delitos tiene varias modalidades, cada una con sus características específicas: concurso ideal de delitos, concurso real de delitos y concurso medial de delitos.
  • ¿Dónde se regula el concurso de delitos? Las diferentes modalidades del concurso de delitos están tipificadas en los artículos 73 y siguientes del Código Penal, sección 2 (reglas especiales para la aplicación de las penas), Capítulo II (De la aplicación de las penas) Título III (de las penas).
  • ¿Qué es el concurso ideal de delitos? Se refiere a un hecho delictivo plural cometido por una misma persona, como el caso del individuo que ultraja a su hermana incurriendo en los delitos de violación e incesto.
Concurso de delitos
mohamed_hassan / Pixabay

¿Qué es un concurso de delitos?

Concurso de delitos es la acumulación de varios tipos penales cometidos por una o varias personas en un único hecho delictivo.

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En términos generales, este delito se da cuando a una persona se le imputa la comisión de una pluralidad de hechos constitutivos de delito a consecuencia de una o varias acciones, por supuesto, siempre y cuando alguna no haya sido ya enjuiciada.

El responsable será sometido a juicio en un mismo proceso penal, y corresponderá al juzgador establecer su responsabilidad en cada uno en los diferentes delitos cometidos en el momento del hecho, para lo cual este deberá tener presentes las figuras delictivas previstas en el Código Penal.

¿Cuáles son los tipos de concurso de delitos?

El concurso de delitos tiene varias modalidades, cada una con sus características específicas, clasificadas de la siguiente manera:

  • Concurso ideal de delitos
  • Concurso real de delitos.
  • Concurso medial de delitos.

¿Cuándo hay un concurso de delitos?

Según el Diccionario Prehispánico del Español Jurídico, el concurso de delitos sucede así:

Una situación que se produce cuando un mismo sujeto comete dos o más infracciones penales, bien simultáneamente, bien en un cierto espacio temporal.Diccionario Prehispánico del Español Jurídico

¿Qué es el concurso real e ideal de delitos?

El concurso real y el concurso ideal de delitos, como indicamos, son dos modalidades del concurso de delitos, cada una con sus características específicas; la tercera modalidad es el concurso medial de delitos, los cuales detallaremos a continuación:

Concurso ideal de delitos

Se refiere a un hecho delictivo plural cometido por una misma persona, como el caso del individuo que ultraja a su hermana incurriendo en los delitos de violación e incesto.

Pongamos por caso el delincuente que dispara contra dos personas y da muerte a una de ellas y causa heridas graves a la otra.

En este caso, el victimario no ha cometido dos tipos delictivos diferentes, a pesar de tratarse de un mismo caso múltiple tipificado como homicidio intencional y homicidio intencional en grado de frustración.

Pero no podrá aplicársele una penalización como si hubiese cometido dos delitos independientes, so pena de incurrir el juzgador en la violación constitucional de sentenciar a una misma persona dos veces por un mismo hecho delictivo.

Concurso real de delitos

En este tipo penal, el mismo individuo al que hacemos referencia, después de disparar contra las dos personas, se sube a un coche y a toda velocidad huye de la escena del crimen, no obstante en el camino atropella a un transeúnte, causándole la muerte, y, cuando al fin lo alcanza la Policía, hace fuego contra los uniformados, hasta ser sometido.

Como puede verse, estamos ante una sucesión de hechos que no pueden ser juzgados por separado, aunque tienen características y penas diferentes que deberán ser evaluadas por el tribunal del caso, el cual aplicará una pena conjunta o por separado, en función del delito que se trate.

Sin embargo, a tenor de lo dispuesto en artículo 76.1 del Código Penal, “el máximo del cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años”.

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Concurso medial de delitos

Es un hecho en el cual hay dos acciones con dos resultados, pero atados por un mismo cordón umbilical, pues sin el primero no se podrá cometer el segundo, como es el ejemplo típico del estafador que necesita falsificar una tarjeta para cometer el delito.

El criterio que determine esa necesidad debe ser objetivo, no subjetivo; es medial porque se trata de un medio necesario, y esa necesidad debe ser valorada en concreto por el juzgador.

¿Dónde se regula el concurso de delitos?

Las diferentes modalidades del concurso de delitos están tipificadas en los artículos 73 y siguientes del Código Penal, sección 2 (reglas especiales para la aplicación de las penas), Capítulo II (De la aplicación de las penas) Título III (de las penas).

Al efecto, el artículo 73 refiere:

Al responsable de dos o más delitos o faltas se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones para su cumplimiento simultáneo, si fuera posible, por la naturaleza y efecto de las mismas.Artículo 73 del Código Penal

El artículo 75 dice:

Cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento sucesivo en cuanto sea posible.

Artículo 75 del Código Penal

El artículo 76.1 se refiere al cálculo de las penas, de la siguiente manera:

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el máximo del cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años.Artículo 76.1 del Código Penal

Excepcionalmente, este límite será:

  1. De 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por ley con pena de prisión de hasta 20 años.
  2. De 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con una pena superior a 20 años.
  3. De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos del terrorismo del, Capítulo VII del Título XXII del Libro II de este Código y alguno de ellos esté castigado por la ley con una pena de prisión superior a 20 años.

Finalmente, la pena a aplicar será la de la infracción más grave, como lo indica el artículo 77.3 del CP:

Se impondrá una pena superior a la que habría correspondido en el caso concreto por la infracción más grave, y que no podrá exceder de la suma de las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente por cada uno de los delitos…Artículo 77.3 del Código Penal

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