Las costas son los gastos que se originan en un juicio incluyendo los honorarios de las partes implicadas en el mismo. Las costas pueden ser procesales y judiciales.
Siempre que sea obligatorio en el proceso, deben tomarse en cuenta los honorarios del abogado y procurador de la parte contraria, no siendo obligatorio cuando la cuantía del juicio civil es menor de 2.000 euros.
Aspectos relacionados con las costas de un juicio penal
La Unión Europea ha estimado que cualquier juicio, por menor que sea, tiene una media de 3.000 euros en gastos. Las costas deben ser pagadas por la parte perdidosa del juicio atendiendo a la condena en costas dictada por el juez del caso. La tasación de las costas la efectuará el Letrado de la Administración de Justicia del juzgado o tribunal competente para la ejecución de la sentencia.
Esto quiere decir que la parte perdedora deberá cancelar los honorarios de sus propios abogados y de los abogados de la parte contraria, más los otros gastos del proceso. En el caso de las cláusulas suelo, las dudas fueron zanjadas por el Tribunal Supremo en una sentencia de julio del 2017 en la que determinó que las costas deben ser canceladas por los bancos con carácter retroactivo.
La sentencia contó con el voto de tres magistrados y tuvo su razón en el cambio sobrevenido de jurisprudencia y las serias dudas de hecho y de derecho que existían en ese momento. El alto tribunal instó entonces a todos los que hubieran pagado las costas a sus abogados a reclamar a los bancos la devolución del dinero cancelado, porque eran estos los que debían hacerse cargo de esas cantidades.
El Supremo estimó que en el caso de demandas moderadas si el demandante tuviera que pagar las costas a pesar de haber vencido en el litigio, se le ocasionaría un perjuicio, porque se estaría produciendo un efecto disuasorio inverso para que no ejerciera sus derechos.
Los bancos debían asumir las costas porque así lo estableció la nueva normativa europea de entonces, y, si no lo hicieran, estarían actuando en perjuicio del consumidor. En concreto la sentencia estableció que la norma en la imposición de costas “es el principio de vencimiento, de modo que la no imposición de costas al banco demandado supondría en este caso la aplicación de una salvedad a dicho principio en perjuicio del consumidor”.
La jurisprudencia del Tribunal fue de suma importancia porque aclaraba las dudas que se habían acumulado en los procesos de desahucio y su correspondiente demanda por parte de los afectados. Es bueno decir que cuando la parte accionante del juicio decida retirar la demanda no habrá pago de costas, siempre y cuando la otra parte se haya manifestado de acuerdo.
¿Qué significa que se declaren las costas de oficio?
El pronunciamiento del tribunal será de tres maneras:
- Declarar las costas de oficio.
- Condenar a pago de las costas al querellante particular o actor civil si ha actuado de mala fe y con temeridad.
- Condenar al pago a los procesados, y, si fueran varios, especificar cuánto pagará proporcionalmente cada uno de ellos.
En ningún caso, los procesados o acusados que resultaren absueltos deberán pagar costas procesales. Esto indica que se trata de un pronunciamiento del que no podrá prescindir en la justicia ordinaria, más sí en la justicia militar que es gratuita (“La Justicia militar se administrará gratuitamente”), conforme lo establece el artículo 10 de la Ley Orgánica de Organización y Competencia de la Jurisdicción militar.
El artículo 241 de la LECrim establece cuál es el concepto de costas y especifica que estas se refieren a los casos que hemos referido (honorarios de abogados y peritos, copias, etc.) y las indemnizaciones a los testigos que las hubieran reclamado.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo señala que las costas del acusador particular deben ser incluidas entre las que han sido impuestas al condenado, salvo en los casos en que las pretensiones del acusador sean desproporcionadas, dispares o erróneas, en relación a las impuestas en la sentencia o las deducidas por el Ministerio Público.
¿A cuánto pueden ascender las costas en un procedimiento penal?
Las indemnizaciones de los testigos se computarán por la cantidad que se fije en la causa y los demás gastos serán regulados con vista en los justificantes. Una vez que se ha hecho la tasación, el juzgado dará vista de ella a las partes personadas y al Ministerio Público, que tendrán un plazo de tres (3) días para alegar lo que en derecho convenga.
Cuando se ha cumplido este paso, es decir, que se haya convenido en el pago correcto o se hayan impugnado las costas, los artículos 245 y 246 de la LECrim establecen lo conducente. Finalmente, tras ser aprobadas, se procederá a hacerlas efectivas por la vía de apremio establecida en la misma ley.