¿Qué son agravantes o atenuantes?
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Al cometer un delito, la Ley establece una pena que generalmente va de un mínimo a un máximo.[/su_note]
El establecimiento del período correcto para cada caso tomará en cuenta el objeto hurtado y las condiciones en que esto se hizo.
Esas condiciones son las que se conocen como agravantes o atenuantes.
- En el primero, la organización delictiva proporcionó al secuestrado una alimentación correcta, disponibilidad para el aseo, etcétera.
- En el segundo, los secuestradores golpeaban al secuestrado, no le permitían asearse, le alimentaban con sobras, etc.
El buen trato en el primer caso podrá tomarse como atenuante, mientras que el mal trato en el segundo será considerado como agravante.
Y, aunque ambos pagarán las penas correspondientes al delito de secuestro, quizás uno pague el tiempo mínimo mientras que le otro pague el tiempo máximo.
¿Dónde se encuentran recogidos las agravantes?
Las agravantes o atenuantes se encuentran recogidos en el artículo 22 del Código Penal español:
Son circunstancias agravantes:
- Ejecutar el hecho con alevosía. Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.
- Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.
- Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa.
- Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta.
- Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito.
- Obrar con abuso de confianza.
- Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.
- vSer reincidente.
Hay reincidencia cuando, al delinquir, el culpable haya sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título de este Código, siempre que sea de la misma naturaleza.
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A los efectos de este número no se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo, ni los que correspondan a delitos leves.
Las condenas firmes de jueces o tribunales impuestas en otros Estados de la Unión Europea producirán los efectos de reincidencia salvo que el antecedente penal haya sido cancelado o pudiera serlo con arreglo al Derecho español.Artículo 22 del Código Penal
¿Qué es una atenuante del delito?
Estas condiciones ayudan a que el castigo que sea determinado por el sistema judicial no sea tan severo, por lo menos no sea el más severo.
En cualquier tribunal se toma en cuenta si existen atenuantes y agravantes mientras dura el juicio.
¿Cuáles son los diferentes tipos de atenuantes y agravantes en la Ley?
Existen distintas formas de ver cuando una acción es atenuante o agravante y todas estás contempladas dentro de la Ley.
Tipos de atenuantes
Las atenuantes se encuentran reflejados dentro del artículo 20 del Código Penal. Aquí se establecen los siguientes:
- Cualquier afectación psicológica que forme parte de la condición del delincuente y que se manifieste al momento del delito, dando poca consistencia a la gravedad de lo sucedido.
- Que el individuo al que se le atribuye el delito esté bajo los efectos de sustancias que le intoxicaron, pero que no fueron consumidas a propósito de llevar a cabo el delito.
- Cuando se trata de una persona que no evidencia la realidad de manera normal y que dicha condición la presenta desde su nacimiento.
- Cuando el acto se haya ejecutado bajo legítima defensa.
- En los momentos que se genere una falta o un daño a un bien jurídico con el propósito de evitar que otra cosa peor ocurra, sea a sí mismo o a un tercero.
- Cuando se tiene miedo y no se pueda controlar; que se actúe en función a consecuencia de ello.
- Cuando el acto sea cometido en cumplimiento de las funciones inherentes a un cargo. Por ejemplo, los policías.
- La confesión del delito ante las autoridades competentes.
Tipos de agravantes
En este caso se hace referencia a todos aquellos actos que han acompañado al delito y que generaron un mayor impacto en el mismo.
El Código Penal en su artículo 22 recoge los siguientes:
- El ensañamiento que se produce al actuar de forma mucho más dañina que en otros momentos.
- Cuando la víctima es inferior en posibilidad de defensa ante quien comete el hecho, ya sea por condiciones propias o por el uso del sometimiento.
- En los momentos en que el acto ha sido cometido como consecuencia de un pago o promesa.
- Cuando se trata de un delito de odio, como el racismo.
Todos estos aspectos son estudiados en detalle por el juzgado que lleve a cabo el estudio a propósito de determinar los momentos en que vale la pena aplicar un atenuante o se genera un agravante.
Artículo 66 del código penal
- En la aplicación de la pena, tratándose de delitos dolosos, los jueces o tribunales observarán, según haya o no circunstancias atenuantes o agravantes, las siguientes reglas:
- Cuando concurra solamente una circunstancia atenuante, aplicarán la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito.
- Cuando concurran dos o más circunstancias atenuantes, o una o varias muy cualificadas, y no concurra agravante alguna, aplicarán la pena inferior en uno o dos grados a la establecida por la ley, atendidos el número y la entidad de dichas circunstancias atenuantes.
- Cuando concurra únicamente una o dos circunstancias agravantes, aplicarán la pena en la mitad superior de la que fije la ley para el delito.
- Cuando concurran más de dos circunstancias agravantes y no concurra atenuante alguna, podrán aplicar la pena superior en grado a la establecida por la ley, en su mitad inferior.
- Cuando concurra la circunstancia agravante de reincidencia con la cualificación de que el culpable al delinquir hubiera sido condenado ejecutoriamente, al menos, por tres delitos comprendidos en el mismo título de este Código, siempre que sean de la misma naturaleza, podrán aplicar la pena superior en grado a la prevista por la ley para el delito de que se trate, teniendo en cuenta las condenas precedentes, así como la gravedad del nuevo delito cometido. A los efectos de esta regla no se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo.
- Cuando no concurran atenuantes ni agravantes aplicarán la pena establecida por la ley para el delito cometido, en la extensión que estimen adecuada, en atención a las circunstancias personales del delincuente y a la mayor o menor gravedad del hecho.
- Cuando concurran atenuantes y agravantes, las valorarán y compensarán racionalmente para la individualización de la pena. En el caso de persistir un fundamento cualificado de atenuación aplicarán la pena inferior en grado. Si se mantiene un fundamento cualificado de agravación, aplicarán la pena en su mitad superior.
- Cuando los jueces o tribunales apliquen la pena inferior en más de un grado podrán hacerlo en toda su extensión.
2. En los delitos leves y en los delitos imprudentes, los jueces o tribunales aplicarán las penas a su prudente arbitrio, sin sujetarse a las reglas prescritas en el apartado anterior.Artículo 66 del Código Penal
hola, como observación considero que debes poner el codigo penal de que país haces la observación ya que es importante a la hora de compararlo con otras legislaciones o par no tener ideas erroneas.
saludos
Desearía saber información sobre el artículo 181-b del código penal peruano
Deseo saber el modelo o la minuta para pedir el permiso de 72 horas. Aqui en colombia y a quien se levpide al director del inpec o al juez de ejec de medidas
Me gusta saber sobre atenuante y agravantes los ejemplo o ejercicios soy estudiosa del derecho
Hola, nosotros no tenemos ninguna experiencia ni conocimiento en el código penal Peruano. Lo siento.