Bien Jurídico

Bien Jurídico
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¿Qué es un bien jurídico?

En Derecho, cuando se habla de bien jurídico se alude a un concepto usado comúnmente en la doctrina penal para referirse a un objeto sujeto a protección, no al llamado objeto material del delito. Se trata de una realidad valorada que se asocia a la persona, a su vinculación con el desarrollo, porque se trata de todo cuanto ésta posee, como vida, salud, indemnidad, libertad, patrimonio.

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Sus orígenes como figura vigente en el ámbito del Derecho a las consideraciones un tanto abstractas que formulara en el siglo XIX Birnbaum, quien habló de unos bienes protegidos limitados por una posible sanción.

El alemán Von List, un respetado jurista, precisó que la génesis del bien jurídico descansa en el interés de la vida mucho antes de la existencia del Derecho, ya que la vida no puede ser considerada como un bien jurídico si no es salvaguardada por el Derecho.

Pero hay expertos en leyes que consideran que el origen del bien jurídico está asociado al nacimiento mismo del contrato social, que debe ser respetado. Pero en el otro extremo se halla el delito como arma lesionante que vulnera ese derecho preexistente.

Por eso en su definición político criminal, el bien jurídico siempre debe tratar de diferenciar entre valores morales y bien jurídico, porque al momento de establecerse sanciones, es preciso distinguirlos. No obstante, el concepto se extiende a la administración pública, porque también se refiere a todas las circunstancias que permiten el desarrollo cabal de las personas.

Es más, también se incluyen el medio ambiente, el sistema de salud, la administración de justicia, así como todos los bienes supraindividuales que igualmente son objeto de protección en el ámbito del Derecho penal.

¿Cuáles son los bienes jurídicos que defiende el derecho?

Un bien jurídico cumple igualmente una especie de función de tipo instrumental, porque persigue clasificar los delitos desde sus respectivos bienes jurídicos. Por eso se considera clave, muy importante establecer cuál es el bien protegido en cada delito.

Y es que un bien jurídico se refiere a los bienes materiales e inmateriales que deben ser salvaguardados por el Derecho. Entre los más relevantes tenemos el derecho a la vida, a la salud, a la libertad, indemnidad y patrimonio.

¿Qué características debe tener un bien jurídico?

Dependiendo del tipo de intereses que son amparados, los llamados bienes jurídicos protegidos se agrupan en individuales, sociales y opuestos a intereses de carácter gubernamental. Así las cosas, tenemos que:

Bienes jurídicos individuales

Son todos aquellos bienes jurídicos contemplados en los delitos contra la integridad de las personas y la vida, donde se incluyen desde los delitos sexuales, así como delitos de privación ilegal de la libertad.

Bienes jurídicos sociales

Abarcan los llamados delitos contra la moral pública y la salud.

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Opuestos a intereses gubernamentales

Cubren la esfera de delitos de terrorismo, cualquier atentado contra la seguridad pública y traición a la patria.

¿Dónde se encuentra el concepto de bien jurídico tutelado?

Los bienes jurídicos tutelados están asociados a todos aquellos valores que se hallan bajo la protección del Estado, que se encuentran bajo su amparo.

Y es que el Derecho penal, antes que cualquier cosa, pretende proteger ciertos bienes vitales de la comunidad, valores que son por ejemplo los siguientes: integridad del Estado, derecho a la ida, a la salud, a la propiedad, que conforman un trasfondo ético- social positivo establecido en las normas jurídico-penales.

Por ejemplo, por intermedio del delito de homicidio el derecho penal pretende proteger el derecho a la vida. Pero también el honor se protege sancionando las injurias, la libertad sexual se protege con el delito de violación, entre otros.

¿Qué bienes jurídicos no protege el derecho penal?

Antes que nada, ha de precisarse que el Derecho penal se sustenta en un Estado social, porque es un sistema cuya función primordial consiste en garantizar la protección de la sociedad por intermedio de la tutela de sus bienes jurídicos.

El objeto de su protección abarca los valores e intereses primordiales de la sociedad y obtiene la consideración de jurídicos cuando se cuenta con el reconocimiento estatal. Pero al momento de incorporarlos al ordenamiento penal se producen variaciones. Y es que el concepto político en materia criminal, debe diferenciar claramente el bien jurídico de los llamados valores morales.

Es preciso, por tanto, hacer una clara distinción entre el campo de la moralidad y del Derecho, porque la concepción de bien jurídico proviene, procede de la existencia de un Estado social  de derecho, que demanda una concreción ulterior en la esfera de actuación del Derecho penal cuando se trate de tutelar los llamados intereses difusos.

Por eso el Derecho penal, su práctica, tiene su basamento, su razón de ser en un Estado social que debe ser garante de la tutela de todos sus bienes jurídicos.

¿Cómo se define el valor de un bien jurídico?

La vida, la salud, la integridad, la libertad, la indemnidad y el patrimonio son bienes jurídicos que cumplen una función sistemática, por cuanto permiten clasificar los distintos delitos que se cometen en la sociedad, en torno a sus respectivos bienes jurídicos, protegiendo diferentes derechos, bienes y valores.

Con ello se persigue garantizar el reconocimiento, uso y disfrute de los mismos, por parte de todos los integrantes de la sociedad.

Por eso, en la Constitución nacional de cada país se refleja y se da reconocimiento a bienes, valores y derechos fundamentales como el derecho a la vida, el acceso a la educación, a la salud, al trabajo digno, a la expresión de las ideas, así como el disfrute de los derechos económicos, sociales y políticos.

Por ejemplo:
Un ejemplo claro de bien jurídico protegido se aprecia en el manejo de la información privilegiada industrial.

En este mundo altamente competitivo, puede producirse un delito de espionaje en el ámbito de las empresas, por ejemplo de telecomunicaciones, tras consumarse  la venta de información confidencial a la competencia, relacionada con el diseño de teléfonos, el funcionamiento de antenas y la replicación de prototipos, entre otros.

Acá se plantea la existencia de un delito penal, por cuanto se produce el robo de patentes secretas que garantizan el éxito y la permanencia en el mercado de una determinada marca de teléfonos inteligentes.