Delito de Odio: [Concepto, Ejemplos, Tipos y Características]

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Puntos importantes sobre el delito de odio
  • El delito de odio es todo comportamiento violento que atenta de manera directa o indirecta contra la dignidad y derechos de un individuo.
  • En épocas pasadas era muy común que este tipo de delito formase parte normal de la sociedad, pero en la actualidad son penados.
  • Cuando es cometido, la víctima se ve atacada por uno de los preceptos que da esencia a los derechos humanos.
  • Es un delito de gravedad aunque no se vea con tanto rechazo como sí ocurre con el homicidio, la tortura o los delitos sexuales.
  • Hay indicios de delito de odio cuando una persona actúe en contra de otra vulnerando sus derechos fundamentales
  • Los sujetos activos son aquellos que actúan o incentivan que se cree una situación de violencia o repudio a una o más personas.
  • Los sujetos pasivos son las víctimas de estos delitos de odio.
  • Los delitos por odio ocupan un amplio espectro de posibilidades, desde la discriminación racial hasta intolerancia por inclinaciones sexuales distintas.
  • Los delitos de odio más habituales suelen ir contra: mujeres, grupos religiosos, de carácter racial, político y contra homosexuales.

 

¿Qué es un delito de odio?

El delito de odio es toda actitud violenta que incite a la discriminación y/o intolerancia en la manera en como se ve o piensa un individuo.

Cuando es cometido, la víctima se ve atacada por uno de los preceptos que da esencia a los derechos humanos.

Dentro de ellos se incluyen:  el libre albedrío, la capacidad de pensar, de actuar y hasta de lucir físicamente que tiene cualquier hombre, mujer o niño .

Por ende, es un delito de gravedad aunque no se vea con tanto rechazo como sí ocurre con el homicidio, la tortura o los delitos sexuales.

 

Por ejemplo:
Las creencias religiosas, inclinaciones sexuales, las costumbres o el lugar de donde proviene.

Pero  existe otro caso de delito de odio que es muy común   y está orientado hacia el racismo. Se refiere a la acción de aborrecer, persiguiendo, atacando verbal o físicamente a un ser humano, porque su piel es de otro color.

Los profesionales de las leyes, sociólogos y demás sujetos que estudian a profundidad el modus vivendi del hombre han determinado datos relevantes con respecto a este tema.

Señalan que el propósito principal de que haya delito de odio en las comunidades es porque la víctima posee una especie de estatus simbólico que es muy vulnerable.

Es por ello que las acciones negativas no se dan por quien está dentro de la sociedad, sino a lo que representa en un todo más amplio. Una referencia acorde a esto sería: “Odio a cierta persona porque su religión es musulmana”.

Se deja claro en esa exclamación que no repudia a la persona como ciudadano que lleva un nombre y un apellido, sino por su preferencia religiosa.

¿En qué derecho se regula el delito de odio?

Los delitos de odio se establecen, caracterizan y castigan a través de lo dispuesto en el Derecho Penal.

Para ello, en el Código Penal se recogen las disposiciones que guardan relación con la temática y que se evidencian con delitos de odio.

Estos son:

  1. Atentar de forma directa contra una persona, parte de un grupo o un grupo totalitario por alguna de las causas ya mencionadas. También se incluye el promover a que otros lo hagan.
  2. El disponer de material con contenidos de violencia de odio que se esperen distribuir. Aquí también se debe hacer referencia obligatoria a los discursos de odio que se generan de forma pública o privada.
  3. El aplaudir o disfrutar con las acciones de odio que promuevan o ejecuten terceras personas, aun cuando no se haya participado directamente en esto.

 

¿Cuándo hay indicios de delito de odio?

Hay indicios de delito de odio cuando una persona actúe en contra de otra vulnerando sus derechos fundamentales.

Esto es, sus creencias, origen, modo de vivir y color de piel.

Generalmente cuando se perpetra un delito de odio este comienza con simples provocaciones de burlas que luego irán creciendo hasta alcanzar otro nivel mucho más grave.

Los insultos se conciben siempre como la primera fase que después, evoluciona en mayor gravedad, con actos como la humillación o amenazas.  Incluso, en algunas situaciones más complejas culminan en violencia física y muerte.

Cuando este hecho ocurre bajo estas premisas será considerado entonces  un homicidio con el agravante del odio. 

 

¿Cuáles son los sujetos activos del delito de odio?

Los sujetos activos son aquellos que actúan o incentivan que se cree una situación de violencia o repudio a una o más personas.

El sujeto activo puede describirse como un solo individuo o un grupo organizado de personas.

Su interés principal no es dañar a la personas por quienes son ante la comunidad sino por lo que representan o trasmiten.

Para que luego dicha acción perniciosa de querer  violentar el sacro derecho de pensar o actuar pueda ser comunicado a otras sociedades.  Esto es con el fin de transmitir el mensaje de que se les repudia totalmente.

En algunas sociedades complejas de pensamiento, los delitos de odio son muy frecuentes, tal y como ocurre en Oriente Medio.

¿Sabías qué...?
Sin embargo, también se genera con mucha frecuencia en otros espacios, dando como resultado nuevos vocablos como sería el caso de bullying.

 

¿Y los sujetos pasivos?

Los sujetos pasivos son las víctimas de estos delitos de odio.

Y estos a su vez pueden estar representados como una comunidad entera o un solo individuo.

Todo dependerá de cual sea el caso por la que se deriva el motivo de odio.

Los delitos de odio pueden llegar a ser tan graves para la psicología del afectado que en algunos casos estos últimos terminan por suicidarse.

¿Qué pena tiene un delito de odio?

Un delito de odio puede constar de dos tipos de penas: multas o privativas de libertad.

Todas las conductas que se encuentren tipificadas en el código penal refiriéndose a los delitos de odio serán juzgados con penas.

Las multas pueden ir de seis a doce meses y se concibe como la pena de más bajo valor para los casos que no han generado efectos tan negativos. Cuando los delitos de odio son graves, las penas ascienden a la prohibición de libertad de entre seis y doce meses a estar en prisión por cuatro años.

Como en toda ley penal el resultado de la sentencia variará  dependiendo de cuales sean los elementos agravantes presentados ante el juez del tribunal. 

 

Dentro de los elementos agravantes que son mayoritariamente contemplados en este sentido se encuentran:

  1. Cuando se hace uso de mensajes de odio a través de medios de comunicación masiva, como la radio, la televisión o el internet. Que además pueden atentar contra el honor de la persona.
  2. Cuando los delitos de odio se establezcan por medio de la distribución de materiales físicos, sean en formato de papel, video, audio, etc.
  3. Cuando se forme parte activa de un grupo organizado que se dedica a la persecución de personas por sus creencias religiosas o de cualquier otra índole.
  4. Cuando las ofensas no son suficientes sino que también se aplican daños a los bienes propiedad del afectado.
  5. Cuando se le generen daños físicos a la propia víctima, sean estos leves o con gravedad, siendo peor en los casos en que culmina con la muerte.

En los puntos 4 y 5 la ley castiga de otra forma, por lo que es bastante probable que en caso de que exista la pena supere los cuatro años máximos por odio.

¿Qué tipos de delito de odio existen?

Los delitos por odio ocupan un amplio espectro de posibilidades, desde la discriminación racial hasta intolerancia por inclinaciones sexuales distintas.

Es por ello que vale la pena detenerse a observar cada uno por separado:

  1. Contra grupos religiosos: se trata de una de las formas de odio más comunes y que ha existido desde hace muchas décadas.
  2. Contra mujeres, niños y ancianos: en la mayoría de los casos son delitos simples e incluyen vejaciones, maltrato o simple exclusión de grupos o asignación de responsabilidades.
  3. Violencia de género: incluye abusos psicológicos a la mujer o al hombre, cuando no se le permite expresar sus ideas, ni tampoco verla como un igual. Es muy común en mujeres con respecto al hombre en el lugar de trabajo.
  4. Políticos: existe también posibilidad de cometer delito de odio y hay que saber que no todo entra en el saco de la “libertad de expresión””. Como por ejemplo, enaltecer (incitar) terrorismo contra un político determinado.
  5. Comunidades extranjeras: aplicable a personas que viven y trabajan en determinado país, siendo casos conocidos como xenofobia.
  6. Contra la comunidad LGBT: incluyendo el ataque verbal y físico que pueda infringírsele a personas que la integran.

A menudo, no solo en España sino en otras partes del planeta, los crímenes de odio que más se cometen a diario son los raciales. La intolerancia del hombre hacia su igual humano todavía sigue siendo un padecimiento grave que carcome a la sociedad.

Y aunque básicamente se trate de un asunto de conciencia, hace falta proyectar un énfasis mayor de las leyes hacia estos casos.

 

 

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