Contrato de Empleados de Hogar: Cómo Funciona, Concepto y Puntos a Tener en Cuenta

contrato de empleados de hogarUno de los sectores laborales en los que  se produce el mayor número de infracciones  —incluso, por encima de la hostelería y la agricultura— es el servicio doméstico.

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Desde hace años que  los empleados domésticos de todo tipo luchan por sus derechos,  en concreto, dejar de ser considerados como «trabajadores de segunda» y poder participar del régimen general, de modo que puedan ser, así,  tratados como los demás trabajadores.

En este sentido, tras la integración del Régimen Especial de Trabajadores de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social y la entrada en vigor de la nueva normativa que regula la contratación de empleados de hogar, no cabe duda que se ha tratado de profesionalizar el sector de empleados en el hogar, mediante la creación de condiciones equiparables a las de otros ámbitos laborales, así como el reconocimiento de sus derechos y obligaciones en un marco legal.

Si bien, hace unos cuantos años, sus condiciones mejoraron un poco, aún existe mucho camino por recorrer.

Para muestra, actualmente se considera que uno de cada tres hogares en el país tiene un  empleado del hogar de forma irregular,  esto es, sin contrato.

La norma que regula la contratación de empleados del hogar familiar lleva ya seis años aplicándose, pero aun siguen habiendo dudas en relación al contrato del empleado de hogar.

Si eres empleado del hogar y deseas conocer más acerca de tus derechos como trabajador, este  artículo te será de mucha utilidad.  Si por el contrario, eres empleador y aun desconoces cómo se regula el empleo del hogar, aquí te decimos todo lo que requieres saber.

Estas son las claves más importantes sobre los contratos para empleados de hogar.

 

¿En qué consiste el contrato para empleados de hogar?

Desde hace seis años, la legislación española establece que todos los empleados del hogar —independientemente de la función que tengan: limpiadores, jardineros, conductores, y demás— deben estar dados de alta en la Seguridad Social, sin importar la cantidad de horas que trabajen.

De este modo, el contrato protege al trabajador, considerando una serie de eventualidades.

Actualmente, existe un modelo de contrato de servicio doméstico realizado por el Ministerio de Empleo, en el que apenas hay que rellenar unos pocos datos.

Ya sea que se decida utilizar este patrón o cualquier otro, el contrato de empleado de hogar deberá indicar lo siguiente::
  • Tipo de contrato y su duración.
  • Datos personales del empleador.
  • Datos de cotización del empleado.
  • Domicilio en el que se va a llevar a cabo la actividad.
  • Datos del trabajador.
  • Fecha de comienzo de la relación laboral y duración de la misma, en caso de ser un contrato temporal.
  • Horario de trabajo. Duración y distribución de la jornada laboral, así como de los tiempos de presencia pactados o el régimen de pernoctas —si lo hubiese—. Los tiempos de presencia son los tiempos en los que el trabajador está a disposición del empleador sin realizar trabajo efectivo.
  • Retribución.
  • Duración de las vacaciones.
  • Indemnización que corresponderá al finalizar el contrato.
  • Plazos de preaviso necesarios para la extinción del contrato.
  • Cláusulas adicionales para regular algunas cuestiones específicas.
  • Firma de las partes y fecha de celebración del contrato.

 

El contrato debe celebrarse siempre por escrito y comunicarse a la Seguridad Social.

Es indispensable que en el contrato se especifique de forma clara la duración y la distribución del horario. De igual forma tiene que especificarse la retribución y si se va a pagar parte del salario en especie.

Además, el trabajador deberá ser dado de alta tantas veces como empleadores tenga. De este modo, si trabaja en cinco casas, cada uno de sus empleadores deberá cursar su alta en la Seguridad Social.

¿Qué garantiza el contrato para empleados de hogar?

  • Alta obligatoria en la Seguridad Social, salvo algunas excepciones que veremos más adelante.
  • Contrato por escrito, salvo que los servicios laborales sean esporádicos. Si el trabajo dura más de cuatro semanas, es obligatorio que el contrato se realice por escrito.
  • Salario mínimo garantizado, con catorce pagas.
  • Aumento de la cotización a la Seguridad Social.
  • Descanso y permisos, así como vacaciones retribuidas.
  • Indemnización mínima de 20 días por año trabajado, en caso de despido.
  • Prestaciones por baja, enfermedad, accidente, y maternidad.

 

Tipos de contrato para empleados de hogar

Se puede elegir entre las siguientes dos modalidades:

Duración determinada o temporal

Puede ser en  dos modalidades: 

Por obra o servicio determinado

En él, se puede fijar tanto la fecha inicial como la fecha final de la relación laboral, siempre que el empleador sepa cuando dejara de necesitar los servicios. En caso de que el empleador no lo sepa, se puede establecer una fecha inicial y señalar como fecha final la expresión «hasta fin de obra».

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El periodo de tiempo máximo que un empleado del hogar puede estar contratado bajo este esquema será de tres años. Si pasados los tres años el trabajador sigue prestando servicios en el hogar, su contrato se transformará en indefinido.

 

Por interinidad

El contrato de interinidad tiene como finalidad sustituir temporalmente al empleado del hogar, con derecho a reserva de puesto de trabajo.

Contrato indefinido

El contrato indefinido es aquel que se acuerda entre el empleador y el trabajador, sin establecer límites de tiempo en cuanto a su duración y permanece vigente hasta que una de las partes deciden romperlo.

Tanto los contratos indefinidos como los temporales podrán celebrarse a jornada completa o a jornada parcial, siendo la jornada completa considerada como de 40 horas semanales, y la jornada parcial aquella que inferior a las 40 horas.

Además, se puede pactar, un periodo de prueba, siempre y cuando este no exceda de dos meses. A partir de entonces, si la empresa quiere dar por terminada la relación laboral, debe de ser mediante preaviso y por escrito.

Puntos importantes a tener en cuenta

Si se trata de un contrato de trabajo de cuatro semanas seguidas o más, este siempre deberá formalizarse por escrito. De lo contrario, se entenderá que se trata de un contrato indefinido a jornada completa, a menos que el empleador pueda acreditar lo contrario.

En cuanto al salario, se puede pagar lo que se acuerde, pero nunca menos del salario mínimo interprofesional. Además, deberá recibir dos pagas extras al año.

  • Se considera salario por horas cuando el trabajador presta sus servicios menos de 120 días al año por contrato a un mismo empleador.
  • Se considera salario mensual cuando el trabajador presta sus servicios en el hogar más de 120 días al año al mismo empleador.
  • Si la jornada es parcial, la nómina a percibir será por la parte proporcional de horas trabajadas.

Las cotizaciones se pagan entre el empleador y el empleado, pero no a partes iguales. El empleador paga más, pero se puede ver beneficiado con un descuento de hasta el 45%.

El empleador está obligado a pagar parte de la baja por enfermedad o maternidad del trabajador. Y el empleado del hogar no tiene derecho a paro, pero si es merecedor de su indemnización por despido.

 

¿Cómo se formaliza un contrato para empleados de hogar?

A diferencia de otros sectores de actividad laboral, el trabajo doméstico tiene como base la confianza. Para que adquiera validez se requiere:

  • Consentimiento libre de vicios entre las partes implicadas.
  • Capacidad legal entre las partes contratadas para poder ejercer sus derechos

Además, antes de que la relación laboral comience es necesario que el empleador haga el alta del trabajador en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para dar de alta al empleado

Como en cualquier empresa, el empleador es el obligado a dar de alta en la Seguridad Social al trabajador. Para esto, debe dirigirse a la Tesorería de la Seguridad Social con el contrato cumplimentado y firmado por ambas partes, y solicitar un Código de Cuenta de Cotización.

De igual manera, este trámite también lo puede hacer el propio empleado, siempre y cuando el contrato no supere las 60 horas mensuales, y esto sea de común acuerdo entre las partes.

¿Cómo rescindir, romper o terminar el contrato?

Debido a que el trabajo doméstico tiene su base en la confianza y en la satisfacción, la simple ausencia de cualquiera de estas dos permiten al empleador prescindir de un trabajador, y rescindir el contrato sin necesidad de plantearse otros motivos.

 

Sin embargo hay ciertos puntos que se deben tener en cuenta::
  • Se debe notificar por escrito al trabajador, explicando las razones para finalizar la relación laboral. Esta notificación debe ser de, al menos siete días de antelación, si el trabajador doméstico lleva trabajando menos de un año, o de 20 días de antelación si lleva un año o más trabajando.
  • Se debe indemnizar a las empleadas de hogar con una cifra en metálico. Esta indemnización será de 12 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.

Se recomienda además que el empleador haga dos copias del escrito de desistimiento y conserve una firmada por el trabajador donde reconoce que ha recibido la indemnización correspondiente.

Dentro de las cotizaciones a la Seguridad Social del empleado del hogar no hay cotización por desempleo, de forma que tras finalizar el contrato los trabajadores no tienen derecho a cobrar ningún tipo de prestación por desempleo.

Las dos causas más comunes de extinción de contrato de este tipo son dos:

  • Despido disciplinario.
  • Desistimiento del empleador.

El despido disciplinario puede ser accionado por el empleador cuando el trabajador ha incumplido gravemente sus obligaciones, como son:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas.
  • Transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza.
  • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo.
  • Acoso.

Si el trabajador no está conforme con el despido y considera que los hechos alegados por el empleador en la carta de despido no son ciertos, puede acudir a la vía judicial.

Si el Tribunal estima que el despido es improcedente, el empleador deberá abonar una indemnización de 20 días naturales por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

2 comentarios en «Contrato de Empleados de Hogar: Cómo Funciona, Concepto y Puntos a Tener en Cuenta»

  1. ¿Cuantos años minimos a día de hoy (2021) se necesitan de Cotización para que una empleada de hogar pueda cobrar la jubilación?Tiene que ser los 15 últimos seguidos de los cuales los 2 últimos tiene que estar en activo en su trabajo para poder jubilarse ó la suma total de años diferentes Cotizados. Atentamente Visi.

  2. Hola,

    A partir del 1 de enero de 2019, las empleadas de hogar en España tienen derecho a la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, lo que les permite acceder a la jubilación como cualquier otro trabajador.

    Para poder acceder a la jubilación, la empleada de hogar debe haber cotizado un mínimo de 15 años. Sin embargo, no es necesario que sean los últimos 15 años de forma consecutiva, sino que se pueden sumar los períodos cotizados a lo largo de toda la vida laboral. Además, para poder acceder a la jubilación, se debe estar en situación de alta en el momento de la solicitud o haber estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

    En resumen, una empleada de hogar debe haber cotizado un mínimo de 15 años para tener derecho a la jubilación, pero no es necesario que sean consecutivos ni que los dos últimos años esté en activo. Es importante destacar que estos requisitos pueden cambiar en el futuro en función de las modificaciones que se realicen en la legislación.

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