El Contrato de Prueba: [La Guía Completa] y Puntos Importantes

El periodo de prueba es un tiempo para que el empresario compruebe si el trabajador se adapta al puesto y, al mismo tiempo, para que el trabajador vea si el trabajo le convence.

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Es un periodo que puede resultar necesario para cualquiera de los interesados en una relación laboral. Sin embargo, es indispensable que sepamos cuáles son los derechos y obligaciones de ambas partes, así como los pormenores que pueden existir durante el periodo de prueba.

En el presente artículo te decimos todo lo que debes saber  sobre el contrato a prueba. 

¿Qué es el contrato a prueba?

Dentro del marco laboral existen diferentes tipos de contrato, algunos de los cuales pueden llevar consigo algunas condiciones especiales, como puede ser  el un periodo de prueba. 

Se trata de un acuerdo establecido por el empresario y el trabajador, y que estipula un lapso durante el cual comprueban si su relación laboral será conveniente para ambas partes.

Durante este periodo de prueba, cualquiera de ellos puede romper el contrato y dar por terminada la relación laboral. Esto, sin necesidad de:

  • Dar aviso previo.
  • Indemnizar.
  • Dar motivo alguno.

¿Para qué sirve el contrato de prueba?

En la práctica, el  periodo de prueba funciona como un despido libre. 

Se trata de un contrato que favorece a las partes, toda vez que el empleado puede irse cuando quiera durante el tiempo que dura el periodo de prueba, siempre y cuando cumpla con el preaviso.

Características del periodo de prueba

El periodo es pactado

contrato de prueba qué esHay contratos que lo incluyen y otros no. Esto  depende de la voluntad de las partes interesadas,  es decir, el empresario y el trabajador.

El periodo de prueba siempre está al principio del contrato

Como el periodo de prueba está incluido en el contrato, desde el primer día se debe dar de alta al trabajador en la Seguridad Social y pagar el salario.

No es renovable

Una vez terminado, no puede pactarse otro periodo de prueba para realizar las mismas funciones en la misma empresa.

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Se puede interrumpir

En caso de baja médica u otras situaciones, siempre y cuando así lo pacten el empresario y el trabajador.

Cuenta para generar antigüedad en la empresa

Si el trabajador supera el periodo de prueba y permanece en la empresa, el tiempo computa a efectos de antigüedad.

¿Cómo se formaliza?

 Tiene que figurar por escrito en el contrato.  De lo contrario, se considera que no existe.

Ambas partes deben pactarlo de forma libre y voluntaria.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

La duración del periodo de prueba suele depender del tipo de trabajo. Los más cualificados requieren más tiempo para comprobar que el trabajador se adapta al puesto.

La duración máxima se fija en el Convenio Colectivo. Si éste no especifica nada, se aplicará la duración máxima que aparece en el Estatuto de los Trabajadores.

Para los contratos en general, el Estatuto de los Trabajadores determina:

  • Un periodo de prueba de máximo 6 meses para los técnicos titulados.
  • Un periodo de prueba máximo de 2 meses para el resto de los trabajadores, en aquellas empresas que cuentan con más de 25 trabajadores.
  • Un periodo de prueba máximo de 3 meses para los empleados que no sean técnicos titulados, únicamente en aquellas empresas que cuentan con menos de 25 trabajadores.

Para ciertos contratos específicos, el Estatuto determina otras duraciones máximas:

  1. Contrato de prácticas: un mes para titulados de grado medio y dos meses para titulados de grado superior.
  2. Contratos temporales de hasta seis meses: un mes.
  3. Contratos indefinidos de apoyo a emprendedores: un año.

Puntos importantes a tener en cuenta

Puntos Importantes a tener en cuenta el contrato de prueba:
  • Aunque el periodo de prueba es optativo, lo recogen casi todos los convenios. Por lo mismo, es importante tener en cuenta ciertos detalles específicos.
  • Como ya hemos mencionado, no puede haber periodo de prueba si no figura en el contrato por escrito. Tampoco puede haber dicho periodo si un trabajador ya ha laborado para la empresa en un puesto similar.
  • La duración no puede durar más de lo que estipula el convenio colectivo aplicable. En caso de que el convenio no diga nada, se deben respetar los tiempos máximos que ya hemos señalado.
  • El periodo de prueba puede suprimirse o acortarse. Lo que no puede hacerse es fijar un periodo más largo que lo fijado por la normativa.
  • Su regulación se encuentra en el artículo 14 del Estatuto de los trabajadores.
  • El trabajador a prueba tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de los trabajadores en la plantilla, salvo lo referente a la indemnización por despido.
  • Las bajas por incapacidad temporal interrumpen el periodo de prueba, siempre y cuando, esto se haya acordado previamente con el empresario.
  • Si el trabajador rompe la relación laboral, el derecho a paro se pierde de manera automática. Si la empresa despide al trabajador argumentando prueba no superada, el trabajador si podrá solicitar la prestación, en caso de que le corresponda.[/su_list]

El trabajador tendrá derecho a prestación por desempleo siempre que:

  • La relación laboral anterior se haya extinguido hace más de tres meses.
  • Que la extinción haya sido por una causa no imputable al trabajador, como un despido o la finalización de contrato.

Si el trabajador es despedido por la empresa durante el periodo de prueba, deberá calcular la cantidad que deben pagarle por los días trabajados, incluyendo las vacaciones que haya acumulado y no disfrutado, así como las pagas extras correspondientes. Esto es a lo que se le conoce como finiquito.

Periodo de prueba nulo

Concluyendo, un período de prueba puede ser considerado nulo cuando:

  • El trabajador ya ha trabajado con anterioridad para la misma empresa realizando las mismas funciones.
  • La duración del período de prueba excede los límites marcados en el convenio, salvo que las partes hayan acordado otra cosa.
  • El contrato no ha quedado sellado por escrito y el periodo de prueba no está especificado en el mismo.
  • También se puede llegar a considerar como nulo si el contrato se redacta con posterioridad a que la empresa y el trabajador hayan llegado a un acuerdo verbal, y éste haya comenzado a desempeñar sus funciones.
  • El plazo máximo para reclamar por alguno de estos supuestos es de 20 días hábiles.[/su_list]

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