Prevalimiento

Prevalimiento
Alexas_Fotos / Pixabay

¿Qué es prevalimiento?

Prevalimiento es el aprovechamiento de una situación concreta y especial sobre una persona para tener éxito en un delito contra ésta. Esto quiere decir que el autor del delito se aprovecha de la superioridad, confianza o prestigio que tiene sobre la víctima para asegurarse de cometer el hecho a su satisfacción.

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Prevalimiento es una figura penal que actúa como un agravante genérico o específico por la misma condición de quien comete el delito.

Las circunstancias agravantes genéricas son elementos accidentales que no condicionan la existencia del delito, y, por el contrario, las circunstancias agravantes específicas sí son determinantes en la comisión del hecho punible.

¿Qué ley regula el prevalimiento?

El prevalimiento está regulado en el Código Penal (CP) español como una circunstancia especial que agrava la comisión de delitos. La ley indica en qué consiste cada uno de esos delitos, cómo se comete el prevalimiento y sus consecuencias penales, pues todo depende de la naturaleza del hecho punible.

Los delitos de prevalimiento son variados, como agresiones sexuales o abusos sexuales, acoso sexual, tráfico de influencias, tráfico de inmigrantes, prostitución, delitos societarios, descubrimiento y revelación de secretos por parte de funcionario.

Cada uno de ellos está contemplado en el CP con penas específicas, pero en el caso de las agresiones sexuales, por su notoriedad y las características de abuso que llevan intrínsecos (como en el caso de La Manada), el Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia al decidir que prevalimiento es:

Cualquier estado o situación que otorgue al sujeto activo una posición privilegiada respecto del sujeto pasivo de la que el primero no solo se aprovecha, sino que es consciente de que le confiere una situación de superioridad, para abusar sexualmente de la víctima, que de esta forma no presta su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado o presionado por tal situación.Tribunal Supremo

¿Cuál es la pena por el delito de prevalimiento?

Los delitos de abuso sexual y del prevalimiento en estos casos están tipificados en los artículos 181 y siguientes del CP.

1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la indemnidad o libertad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.Artículo 181 del Código Penal (CP)

A la hora de establecer las penas con respecto al prevalimiento en los delitos de abuso sexual, el CP hace una distinción entre prevalimiento e intimidación. Así, en el artículo 181.3 se especifica sobre el prevalimiento:

3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.Artículo 181.3 del Código Penal (CP)

Mientras, el artículo 178 del CP establece la pena en casos de intimidación:

El que atentare contra la libertad sexual de otra persona utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.Artículo 178 del Código Penal (CP)

¿Qué significa prevalerse del carácter público que tenga el culpable?

El carácter público del culpable le da una ventaja importante a la hora de cometer el delito, por lo que se considera un agravante.

Por ejemplo:
Si se trata de un alto funcionario policial que tiene la posibilidad de mover las evidencias a su favor, o un funcionario de la administración pública, cuyas relaciones le dan una ventaja inapreciable para cometer el delito y asegurarse la impunidad.

Por eso, en el artículo 22 del CP, se indica textualmente que:

Son circunstancias agravantes:

2. Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad, aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.

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(…)

6. Obrar con abuso de confianza.

7. Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.

8. Ser reincidente.Artículo 22 del Código Penal (CP)

El artículo 23 del CP se refiere a otras circunstancias agravantes o atenuantes.

Es circunstancia que puede atenuar o agravar la responsabilidad, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, ser o haber sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente.Artículo 23 del Código Penal (CP)

¿Cómo es un delito de prevalimiento con agravante?

Las circunstancias de prevalimiento que pueden considerarse agravantes, según el CP, son las siguientes:

  1. El abuso de poder, en el que incurre aquel que se aproveche de una situación de superioridad.
  2. Que el autor del delito se aproveche de su condición de autoridad o funcionario público.
  3. Prevalerse de la confianza de la víctima.
  4. Prevalerse de la relación de parentesco entre el autor del delito y la víctima.

¿Qué es relación de superioridad?

La relación de superioridad se refiere a la persona o funcionario público que prevaliéndose de su superioridad ocasione daños a otra, y está contemplada en el artículo 173 del CP.

El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial, y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.Artículo 173 del Código Penal (CP)

Como puede suponerse, la relación de superioridad tiene que ser notoria, evidente y manifiesta. Otra característica es que la superioridad ha de ser eficaz y tener la suficiente relevancia para condicionar la libertad de la persona sobre la que se ejerce el prevalimiento, viciando el consentimiento, como señala el Tribunal Supremo.

¿Qué es el estupro?

El estupro es el delito que comete el que mantenga relaciones sexuales con una persona adolescente, bajo engaño o abuso de la superioridad que ejerce sobre ella.

En España, la edad de consentimiento sexual es de 16 años, por lo que la persona que tenga relaciones sexuales consentidas con una persona menor de esa edad incurre en el delito de estupro, tipificado en el artículo 183 del CP.

El que, interviniendo engaño cometiere abuso sexual con persona mayor de trece años y menor de dieciséis, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años o multa de doce a veinticuatro meses.Artículo 183 del Código Penal (CP)

Sin embargo, en el caso de que la persona acusada contraiga matrimonio con la víctima, se extinguirá la acción penal y la pena.