- El convenio regulador es el documento que realizan dos personas al momento de poner fin a su matrimonio.
- Se trata de un complemento que debe ir anexado a la demanda de divorcio con el fin de establecer todas las pautas que se fijarán para la relación en lo sucesivo.
- En este se establecerán temas importantes, como lo referente a los hijos y los bienes de uso común, si es que los hubiere.
- El convenio regulador (en teoría) se establece de común acuerdo, por lo que ambos involucrados están conformes con lo estipulado allí. Esto permite que el proceso de divorcio sea más sencillo.
- Es de suma importancia recibir asesoramiento legal a la hora de preparar un convenio regulador.
- Los aspectos que han de definirse a través del convenio regulador se expresan en el artículo 90 del Código Civil.
- En el convenio regulador se suele establecer: cómo será el cuidado de los hijos, cómo será el uso de la vivienda común y si es necesaria una pensión compensatoria o pensión de alimentos.
- El convenio regulador debe establecerse de mutuo acuerdo. Aunque las condiciones para llegar a él se hayan manifestado de forma contenciosa, es imprescindible llegar a un acuerdo.
¿Qué es un convenio regulador?
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Quiere decir que se avanza con el proceso de divorcio.[/su_note]
Para que este tenga validez, ambos involucrados deberán estar de acuerdo en lo que contiene y demostrarlo mediante su firma. Sin embargo, para que la aprobación sea absoluta, el juez que lleva el caso deberá valorar que efectivamente es justo lo allí estipulado.
Si todo está correcto, este procederá a reunirse con los cónyuges, validar que estén conformes para después firmar y elevar la sentencia de divorcio.
Si considera que algún punto no cumple con las condiciones apropiadas, deberá someter el documento a modificación.
Después de esto se continuará con el divorcio por el cauce habitual.
¿Por qué son importantes en los divorcios?
Pero además permite que se haga una distribución justa de los bienes y compromisos que existirán después de romper la relación.
Los convenios reguladores, aun cuando se establecen a partir del divorcio, pueden ser modificados según las variaciones que hayan.
¿Qué se regula en dicho convenio y qué debemos tener en cuenta?
El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:
- El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
- Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
- La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
- La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
Cuidado de los hijos
Para ello, se establecen las pautas que se trabajarán en función a la patria potestad.
En estos casos no solo hará falta definir con cuál de los padres vivirá, sino también lo que se hace referencia a los acuerdos de visita y convivencia.
Esto además es un apoyo sobre las relaciones familiares que mantienen con el resto de los miembros de las familias, como los abuelos, tíos y primos.
Vivienda y su uso
En otro orden de ideas, si el matrimonio tiene una sola vivienda, se deberá establecer las formas para su uso.
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Si existen otros bienes, se deberá acordar la repartición de los mismos o su venta para el cálculo de lo que corresponda a cada uno.
Régimen económico
Cuando se haya establecido un régimen económico durante el matrimonio, habrá que realizar su respectiva liquidación.
Si existe un desequilibrio económico en uno de los cónyuges, la Ley también plantea lo referente a la pensión compensatoria.
¿Qué es la pensión compensatoria?
Este desequilibrio se genera en función al hecho de que la economía familiar se manejaba a través de un presupuesto donde ambos servían de apoyo.
¿Cuándo es necesaria la pensión compensatoria?
Pero para que esto ocurra, uno de los cónyuges debe estar en mejor posición que el otro.
Esto quiere decir que si a ambos se le genera un desequilibrio, la pensión compensatoria no tendrá efecto.
También se podría dar el caso de que ambos tengan ingresos propios que les permitan vivir con condiciones similares a las que tenían durante el matrimonio. En este caso, la pensión compensatoria tampoco será necesaria de establecer.
¿Qué se tiene en cuenta a la hora de establecer la pensión compensatoria?
Para definir con objetividad esto, la Ley contempla el estudio de los siguientes elementos:
- El estado de salud.
- La edad.
- Los acuerdos previos que hayan generado los cónyuges.
- La participación en los asuntos familiares, tanto pasados como los que se definirán en lo sucesivo.
- El nivel de formación profesional.
- Las posibilidades de obtener un empleo.
- Las necesidades que tenga cada cónyuge.
- El tiempo de duración del matrimonio.
- El tiempo de convivencia conyugal.
Aunque estas son las referencias que indica la Ley en el artículo 97 del Código civil, también se tomarán en cuenta otros aspectos relevantes que no estén definidos aquí.
¿Es el convenio regulador de mutuo acuerdo?
Y este acuerdo será de obligatorio cumplimiento en lo sucesivo.
También cabe destacar que cuando el convenio no se establece de forma apropiada y su redacción se hace a nivel judicial, lo que se obtiene puede ser contraproducente para una de las partes. O para ambas.
El convenio regulador es la última estrategia que permitirá que una relación que su momento fue amorosa, pueda mantenerse con respeto en lo sucesivo.