Retroactividad de las Cláusulas Suelo: [Concepto, Implicaciones, Beneficios y Devolución]

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La retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo fue acordada en principio por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el 21 de diciembre del 2016 después de que se comprobara que cientos de miles de deudores hipotecarios habían resultado perjudicados por los bancos.

El TJUE en su sentencia declaró la nulidad de las cláusulas por considerarlas abusivas, pues vulneraban los derechos de los usuarios. La medida fue confirmada en España por el Tribunal Supremo (TS), al conocer de un recurso de casación sobre una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Barcelona, y de esa manera adoptó su jurisprudencia a la sentencia del TJUE, en febrero de 2017.

Retroactividad de la Cláusula Suelo

Aspectos relacionados con la retroactividad de las cláusulas suelo

En su esperada sentencia el Supremo declaró la retroactividad total de la nulidad de las cláusulas suelo. Esta decisión tuvo especial importancia para los afectados por la crisis del sector inmobiliario, porque les daba la razón en sus denuncias, consistentes en  que habían cancelado grandes sumas de más en los intereses hipotecarios a los bancos.

El TS determinó que los prestatarios tenían derecho a la restitución íntegra de las cantidades abonadas indebidamente a la entidad prestamista sobre la base de la cláusula declarada nula, desde el momento mismo en que comenzaron a pagarlas.

La sentencia les dio alas a los afectados para intentar acciones en los tribunales de justicia pidiendo el resarcimiento de los daños. Una ola de demandas se produjo entonces en toda España, lo que motivó que se congestionaran los tribunales mercantiles de las diferentes provincias, que eran los competentes para conocer de los casos.

Eso llevó a que el Consejo General del Poder Judicial se reuniera y designara  Juzgados de Primera Instancia en cada una de las provincias del país para ventilar las demandas.

¿En qué me puede beneficiar la retroactividad de las cláusulas suelo?

La retroactividad fue un espaldarazo importante para los deudores hipotecarios, toda vez que no solo admitió el daño que se les había causado sino que obligaba a los bancos a devolverles todo el dinero cobrado de más. Tan importante como eso es el hecho de que la sentencia fuera un aviso a futuro para evitar que situaciones como las planteadas en esos contratos volvieran a repetirse.

Pues eran contratos donde se reflejaba una ausencia de transparencia, ya que sus contenidos eran rubricados por los consumidores sin conocer no solo la trascendencia de lo que firmaban sino su carácter abusivo.

Por lo demás, la retroactividad y las consecuentes demandas ocurridas luego fueron un muro de contención para los desahucios que llevaron a cientos de miles de familias a la pérdida de sus viviendas, expoliadas por intereses imposibles de pagar.

En términos generales, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea beneficia en todos sus aspectos a los consumidores, porque:

  1. Dejó sin efecto una cláusula contractual abusiva que imponía el pago indebido de cantidades importantes de dinero.
  2. Generó el efecto restitutorio correspondiente en relación con todos los importes.
  3. Instó a los Estados a prever medios adecuados y eficaces para poner cese al uso de cláusulas abusivas.
  4. Ordenó a los jueces dejar sin aplicación pura y simplemente la cláusula abusiva, no pudiendo modificar su contenido.
  5. Al impedir que el juez pudiera modificar o integrar el contenido de las cláusulas abusivas, está indicando que estas no deben aplicarse, pues deben verse como si nunca hubiesen existido
  6. Las cláusulas consideradas abusivas no pueden producir ningún efecto vinculante sobre el consumidor afectado.

¿De cuánto puede ser la devolución que me tocaría? ¿Por qué esta retroactividad?

La orden judicial no dejó lugar a dudas en el sentido de que los bancos estaban en la obligación de devolver a los consumidores todo el dinero que les habían cobrado de más. Las cantidades variaban según el aporte que hubiera dado cada uno, pero de inmediato los bancos comenzaron a sacar cuentas acerca de lo que debían desembolsar tomando en cuenta que las cláusulas afectaban a unos 10.000.000 de consumidores.

La Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorro (Adicae) estimó que cada uno de sus afiliados había pagado entre 10.000 y 21.000 euros de más en los últimos cinco años.Tomando como base que la hipoteca media era de 150.000 euros, la cláusula suelo imponía un coste que iba de los 179 a los 213 euros al mes a cada usuario, lo cual daba una media anual que oscilaba entre 2.155 y 2.566 euros.

Si la hipoteca era de 200.000 o 250.000 euros, el coste anual de las cláusulas oscilaban entre 3.400 o 4.200 euros al año; ese era dinero que debía ser devuelto por el banco, multiplicado por los años en que el consumidor hubiese estado pagando las cláusulas leoninas.

Retroactividad de la cláusula sueloLas previsiones de la AFI (Analistas Financieros Internacionales) indicaban que los bancos debían devolver desde 3.000 millones como mínimo hasta 10.000 millones de euros en la proyección realizada para las demandas futuras, de los próximos años, tal cual ha venido sucediendo.

Hasta el 30 de septiembre de 2019, los bancos habían admitido cláusulas suelo por 2.370, 55 millones de euros, según el Banco de España.

De ellas, se habían pagado 2.254, 77 millones de común acuerdo con el cliente. Eso daba un aporte medio de 4.519,34 euros por cada uno.

Como se había previsto, la alta cifra de demandas en tribunales tenía atascados a los juzgados comisionados para conocer de los casos. Asimismo, el mecanismo extrajudicial había reintegrado 1.875, 25 millones de euros a 437.997 clientes desde el comienzo del proceso.

En un solo mes, septiembre, se habían devuelto 3,14 millones de euros a 627 afectados; de ellos, 2,54 millones en efectivo a 567 clientes. Para el primer trimestre del 2020, el Banco de España reflejaba que el mecanismo de resolución extrajudicial impulsado por el Gobierno había generado la devolución de 2.275,9 millones de euros.

Para ese momento el sector financiero había recibido 1.213.784 reclamaciones de devolución de dinero por parte de la clientela. El 93,9% culminó en acuerdo, el 87,8% con devolución en efectivo, el 1,6% sin acuerdo y el 4,5% seguía pendiente de una respuesta por parte del cliente. Las acciones judiciales y los acuerdos extrajudiciales continuarán por mucho tiempo más, según estiman los analistas financieros españoles.