Se podría definir como el derecho que tiene el titular de una dato personal que quiera borrar, bloquear o suprimir ya que de alguna manera afecta a alguno de sus derechos fundamentales, que son: el derecho a la intimidad, al honor y la propia imagen.
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¿Qué es el derecho al olvido en internet?
También denominado o conocido como el derecho de supresión, hace referencia al derecho a impedir la difusión personal a través de internet de información personal cuando la publicación no cumple los requisitos adecuados.
Es un derecho dirigido a limitar la difusión de datos personales en los buscadores cuando la información ya es obsoleta o carece de relevancia alguna.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó el 13 de Mayo de 2014, una sentencia que obligaba a los motores de búsqueda en internet a cumplir con las normas de protección de datos personales que afectan a cualquier otra empresa.
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En definitiva se ofreció la oportunidad a cualquier usuario de poder ejercer el derecho de supresión o de olvido de sus datos personales en internet.
¿Cómo puedo ejercer el derecho al olvido?
Las entidades, en este caso buscadores mayoritarios en internet, han habilitado sus propios formularios para recibir las peticiones de ejercicio del derecho a la supresión o al olvido dentro de este ámbito.
Si la entidad hiciese caso omiso a las peticiones de los afectados estos podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Se podrá solicitar el derecho al olvido en los siguientes casos:
- Cuando los datos ya no sean necesarios con respecto al fin para el que iban a ser utilizados.
- Cuando el usuario interesado retire el consentimiento para tratar sus datos.
- Cuando dichos datos hayan sido conseguidos con fines ilícitos.
- Cuando deban suprimirse de acuerdo a una obligación legal dispuesta por el derecho comunitario o de los Estados miembros.
- Cuando se trate de datos de niños menores de 16 años, cuyos datos hayan sido recolectados sin la autorización del titular de la patria potestad o tutela.
¿Se puede ejercer el derecho al olvido sin acudir a la fuente original?
El usuario podrá acudir a la Agencia Española de Protección de Datos después de en primer lugar haber solicitado el cumplimiento de sus derechos al proveedor y este no haya respondido a dicha solicitud en un tiempo estimado, o que simplemente se haya negado.
Podemos ejercer dicho derecho sin acudir a la fuente original dado que los motores de búsqueda y los editores realizan dos tratamientos de datos distintos, con legitimación distintas y con un impacto diferenciado sobre la privacidad de las personas.
Por eso suele suceder que no proceda conceder el derecho al olvido frente al editor y si frente al motor de búsqueda, ya que la difusión universal que supone, sumado a la información adicional que se facilita sobre el mismo usuario cuando se busca su nombre, tendrá un impacto en su notable privacidad.