¿Cómo se hace una factura de alquiler correctamente?

Lo primero que hay que saber a la hora de hacer una factura de alquiler son las obligaciones que tiene el propietario.

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  • Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
  • Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.

La obligación de IVA

Si el local alquiler es de uso comercial, es decir, el inquilino es una empresa que lo utiliza para la explotación de su actividad, entonces la factura deberá tener el 21% de IVA. Dicho importe se sumará a la base imponible.

La obligación de poner la retención de IRPF del 19%

Actualmente, el año 2017, la retención de IRPF de los alquileres está en el 19%. Dicha retención se aplicará para las personas físicas que tengan un local arrendado y restará a la base imponible.

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ejemplo factura alquiler
Los datos contenidos en esta factura que coincidan con datos reales son mera coincidencia.

 

Podemos analizar paso a paso los conceptos de la factura.

Como vemos la base imponible de este alquiler es de 1.000€. A estos 1.000€ hay que sumarles el 21% de IVA (210€). El propietario tendrá que ingresa este IVA a Hacienda mediante el modelo 303 trimestralmente. Por otro lado, también se aplicará sobre el 19% de retención de IRPF sobre la base imponible de 1.000€. Estos 190€ los tendrá que ingresar en Hacienda el inquilino mediante el modelo 115 trimestralmente.

[box]Por lo tanto, la cantidad final a pagar por parte de la empresa inquilina es:

Base Imponible + IVA – Retención = Total[/box]

Además de todo esto, siempre se tiene que tener en cuenta las obligaciones mercantiles para hacer correctamente una factura. La factura debe contener la fecha, el concepto detallado del servicio prestado, los nombres y direcciones completas de ambas partes, así como sus respectivos NIF y un número de factura.

11 comentarios en «¿Cómo se hace una factura de alquiler correctamente?»

  1. Un gran equipo. La información del post me ha sido de gran utilidad, incluso me han respondido de forma casi inmediata a todas las dudas que he tenido a través de email.

  2. Buenas tardes.
    Soy propietaria de un local que tengo alquilado y mensualmente hago la factura correspondiente, pero me ha surgido una duda respecto ala numeración correlativa de las facturas. No sé si al comenzar nuevo año la numeración de enero es correlativa a diciembre, o en enero se comienza de nuevo por el nº 1 en la factura al ser otro año.

    Gracias.

  3. Gracias por el post. ¿Las facturas se entregan al inquilino sólo cuando ya ha pagado? ¿tienen que ir firmadas por ambos? ¿Se pueden enviar al inquilino en formato electrónico? ¿en este caso necesitan firma?

  4. Hola Joana, no es necesario entregarla cuando ha pagado. Se le puede entregar un recibo cuando ha pagado. Se puede enviar en formato electrónico. No es necesario que haya firma por las partes en la factura.

  5. Hola quiero hacer las facturas del alquiler de un local comercial pero no se como hacerlo en el ordenador actualmente me lo hace la gestoría ellos tienen una plantilla gracias saludos.

  6. Tengo varios locales comerciales alquilados. Me surge la duda a la hora de facturar. Tengo que hacer series distintas para cada local?

  7. Hola Nuria,

    En España, la utilización de series distintas de facturación para cada local comercial alquilado es una práctica aceptada y recomendada en ciertos contextos, aunque no es una obligación legal explícita. La decisión de emplear distintas series de facturación debe basarse en la conveniencia organizativa, la claridad en la gestión contable y fiscal, y las preferencias personales de gestión del negocio. Aquí detallo algunos puntos clave considerando el contexto español:

    Ventajas de usar series distintas para cada local:
    Organización: Facilita la administración contable y fiscal de cada local, permitiendo un seguimiento más detallado de los ingresos, gastos y rentabilidad.
    Identificación de operaciones: Ayuda a identificar rápidamente las transacciones relacionadas con un local específico, lo cual es útil tanto para la gestión interna como para posibles inspecciones fiscales.
    Gestión de IVA y otros impuestos: Permite una mejor gestión del IVA y otros impuestos aplicables, especialmente si los locales están sujetos a regímenes fiscales diferentes (por ejemplo, en caso de que algunos locales estén exentos de ciertos impuestos).
    Consideraciones legales y prácticas en España:
    Legislación fiscal: La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) permite el uso de series de facturación diferenciadas, siempre y cuando se mantenga la secuencialidad dentro de cada serie y se cumplan todos los requisitos formales y de contenido de las facturas.
    Auditoría y cumplimiento: Usar diferentes series puede simplificar los procesos de auditoría y asegurar el cumplimiento de las normativas fiscales, proporcionando una clara separación entre las operaciones de cada local.
    Sistemas de facturación: Es importante asegurarse de que tu sistema de facturación permite la creación y gestión de múltiples series de facturación de manera eficiente, para no complicar innecesariamente los procesos administrativos.
    Conclusión:
    Aunque no es obligatorio por ley en España, el uso de series distintas de facturación para cada local comercial alquilado puede aportar beneficios significativos en términos de organización, gestión fiscal y claridad en la auditoría de las operaciones. Es recomendable consultar con un asesor fiscal para adaptar esta práctica a las necesidades específicas de tu negocio y asegurarte de que se ajusta a las normativas fiscales aplicables.

  8. buenos días, quería preguntar una cosa. Actualmente alquilo un local comercial, por el cual facturo mensualmente. si me jubilo, y me doy de baja como autónomo, puedo seguir facturando? hasta que cantidad mensual? en la seg soc me dicen que esta cantidad no puede exceder el salario mínimo mensual, pero no me parecían muy convencidos…
    Tengo alguna incompatibilidad con mi jubilación?
    Muchas gracias

  9. Buenos días Italo,

    Si te jubilas y te das de baja como autónomo pero deseas seguir facturando por el alquiler de un local comercial, es importante distinguir entre la actividad económica y los ingresos por arrendamiento.

    En general, los ingresos por el arrendamiento de propiedades no se consideran una actividad económica en el sentido tradicional de ejercer una profesión, arte u oficio de manera habitual, personal y directa. Por tanto, recibir rentas por alquileres se considera una gestión de tu patrimonio personal, lo cual es compatible con la percepción de una pensión de jubilación.

    La legislación en materia de Seguridad Social permite compatibilizar la pensión de jubilación con la generación de ingresos por arrendamiento, ya que estos no se consideran “trabajo” en el sentido que podría implicar una incompatibilidad con el estatus de jubilado. Sin embargo, existen límites en cuanto a los ingresos que se pueden recibir sin afectar el importe de la pensión de jubilación, especialmente si se accede a la jubilación anticipada o si se opta por la jubilación activa.

    La jubilación activa permite al pensionista compatibilizar el cobro de su pensión con el desarrollo de cualquier trabajo por cuenta propia o ajena, a tiempo completo o parcial, con ciertas condiciones:

    Si optas por la jubilación activa, puedes seguir recibiendo el 50% de tu pensión de jubilación mientras generas ingresos por tu actividad. En ciertos casos, este porcentaje puede aumentar al 100%.

    No hay un límite específico en cuanto a la cantidad que puedes facturar por el alquiler del local comercial; sin embargo, debes cumplir con las condiciones establecidas para la jubilación activa o cualquier otra modalidad de jubilación a la que te acojas.

    En cuanto a la información que mencionas sobre no exceder el salario mínimo interprofesional (SMI), esto podría aplicarse en contextos específicos relacionados con la compatibilidad de ciertos tipos de pensión y actividades económicas, pero en el caso de ingresos por alquiler, generalmente no se aplica este tipo de límite.

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