Cancelación de Antecedentes Penales: [Requisitos, Tramites y Plazo]

La cancelación de antecedentes penales es un hecho que ocurre cuando un particular que ha sido condenado por sentencia firme y ya se haya extinguido su responsabilidad penal, tendrá el derecho a obtener la cancelación de antecedentes penales por parte del Ministerio de Justicia.

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Estos antecedentes no son eternos, tienen caducidad y la ley obliga a su anulación y eliminación. Una vez cumplida la condena, comienza el plazo de espera para la anulación de estos.

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Dependiendo del tipo de delito que se haya cometido el período en el que el antecedente esté activo puede variar. Los delitos leves tienen un período de 6 meses, mientras que los muy graves son de 10 años. Dicho plazo comienza cuando se ha cumplido la condena.

Cancelación de Antecedentes Penales

¿Qué requisitos necesito para la cancelación de antecedentes penales?

En el artículo 136 del Código Penal establece los plazos que han de concurrir para alcanzar la cancelación de los antecedentes penales. Además, el requisito más importante es que la persona condenada no vuelva a cometer otro delito durante ese tiempo.
  • Que la responsabilidad penal se haya extinguido.
  • Que no se haya vuelto a delinquir dentro de un plazo de:
  • 6 meses para las penas leves
  • 2 años para las penas que no excedan de 12 meses o las de delitos imprudentes.
  • 3 años para el resto de penas menos graves inferiores a 3 años
  • 5 años para las menos graves desde 3 años.
  • 10 años para las penas graves.
  • ¿Qué trámites debo realizar para la cancelación de antecedentes penales?

    1. Los solicitantes deberán rellenar un formulario que deberán enviar por correo adjuntando un formulario de solicitud y la copia compulsada del documento de identidad.
    2. Delegando en una persona en España para que lo solicite ante una gerencia territorial del Ministerio de Justicia. Desplazarse al Consulado para legitimar la firma del impreso de delegación (6.01 euros de tasa) y compulsa fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte vigente (tasa 3,18 euros).
    3. Si posee un DNI electrónico puede realizar el trámite vía internet.

    El formulario de solicitud hará constar los siguientes datos:

    • Nombre y apellidos, filiación, localidad, provincia y fecha de nacimiento, documento acreditativo de su identidad y domicilio, teléfono de contacto o correo electrónico para futuras notificaciones.
    • Es necesario adjuntar la solicitud de un certificado de cumplimiento de penas, expedido por el juzgado o tribunal competente para acelerar el trámite.

    Si usted quiere realizar el trámite por su propia cuenta necesitará y es español o comunitario:

    • DNI o fotocopia compulsada.
    • Tarjeta comunitaria o pasaporte, ambos en vigor, originales o fotocopias compulsadas.

    Si usted es extranjero no comunitario:

    • Tarjeta de residencia (NIE), o pasaporte en vigor,originales o fotocopias compulsadas.

    Si usted actuará a través de un representante:

    • Acreditar legalmente su identidad, mediante poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado o cualquier otro medio suficiente en derecho que deje constancia de dicha representación.
    • En cualquier caso será necesaria la documentación del interesado.

    ¿Qué plazo hay para la cancelación de antecedentes penales?

    El Real Decreto 1879/1994 de 15 de Septiembre, estipula el plazo de tres meses para la tramitación y resolución de los expedientes por cancelación de antecedentes penales.

    Si ha transcurrido dicho plazo sin interrupciones, se podrá dar por estimada la cancelación pretendida cuando no exista resolución expresa. Si la identificación del solicitante se ha llevado a cabo de forma correcta, le será notificada por correo.