¿Qué es la cesión de cartera?
Esta operación significa que se producirá una transferencia de activos o pasivos de una empresa a otra, operación muy usada por las empresas aseguradoras de las pólizas de seguros.
Se trata de un sistema que persigue diversificar el riesgo que asumen las empresas aseguradoras, las cuales deben acatar la normativa por lo general establecida a través del Ministerio de Finanzas, Hacienda o Economía, dependiendo de las regulaciones de cada país.
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Se persigue este proceso con la finalidad de que las aseguradoras amplíen sus rangos de especialización, de diversificación de los riesgos de las empresas del ramo asegurador.
La empresa cesionaria, a todo evento, debe contar con una cualificación técnica y solvencia probada. Cabe destacar adicionalmente que las mutualidades de previsión social solamente pueden adquirir carteras de entidades pertenecientes a su misma clase.
¿Qué elementos se incluyen dentro de la cesión de cartera?
En el procedimiento deben incluirse claramente los siguientes datos:
- Identificación que refleje los datos personales del cedente o empresa aseguradora traspasante de los contratos.
- Identificación del cesionario, o empresa aseguradora que recibirá la transferencia de los activos, pasivos o contratos de la empresa cedente.
- Información de tipo contractual, donde se plasmen todos los acuerdos alcanzados entre las partes intervinientes.
- Asegurado, es decir, debe indicarse la información relacionada con la persona asegurada en la cobertura del contrato.
- Persona solicitante, la cual debe estar plenamente identificada en el procedimiento.
- Beneficiario. Debe identificarse igualmente al beneficiario del seguro de empresa.
- Riesgos asociados a la operación, deben indicarse claramente para que las partes actuantes sepan qué puede ocurrir si la operación de traspaso no se realiza.
Existe un período de información pública dictado por el Ministerio de Finanzas, Hacienda y Economía, que en el caso de España abre el proceso de cesión de cartera después de que se dicta una resolución ministerial y se publica en el Boletín Oficial del Estado, para que a posteriori se remita la instrucción a la Dirección General de Seguros, o DGS.
Solamente así se puede activar la solicitud ante la DGS.
¿Cómo es el procedimiento para establecer una cesión de cartera?
Existe una normativa que establece un procedimiento a seguir para poder hacer una cesión de cartera ante la Dirección General de Seguros o DGS, siguiendo los siguientes pasos:
1. Entregar la certificación de los acuerdos de cesión de cartera.
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2. Convenio de la cesión de cartera, la cual debe contener la documentación indicada a continuación:
- Descripción de los elementos activos y pasivos que se incluirán en el proceso.
- Fecha formal de la cesión.
- Precio del acuerdo final de la cesión.
- Margen de solvencia vigente.
- Balance y estado de cuenta donde se muestre la situación actual de la empresa aseguradora, con ganancias y pérdidas percibidas.
- Cálculos de parámetros de cobertura que serán cedidos a la nueva empresa aseguradora.
- Margen actualizado de solvencia de la empresa que cede los contratos de los asegurados.
¿Quiénes intervienen en un contrato de cesión de cartera?
En este proceso de cesión de cartera participan:
- Empresas aseguradoras.
- Cedente
- Cesionario.
¿Cuáles son las reglas para establecer una cesión de cartera?
En un contrato de cesión de cartera la empresa cedente está obligada a transmitir a la empresa cesionaria bienes o valores equivalentes a las reservas que se corresponden a los contratos cedidos.
¿Qué es una cesión de cartera parcial?
También puede producirse una cesión parcial de cartera por parte de las empresas aseguradoras, donde solamente determinados activos o pasivos serán cedidos a la compañía cesionaria del ramo.
Es preciso contar con los mismos datos que identifiquen plenamente a cedente y cesionario, así como los beneficiarios del seguro y los riesgos asociados a la operación.
¿Quién autoriza las cesiones de cartera?
En este caso, se produce un efecto principal que consiste en que la cesionaria sustituye legalmente a la cedente en todos los derechos y obligaciones derivados de los contratos cedidos.
De la misma manera, se considera una cesión de cartera al acto donde la entidad cedente traspasa sus riesgos a su reasegurador, lo cual se ejecuta por medio de un contrato de reaseguro.
En otros países, el Ministerio de Economía, y Hacienda a través de su respectiva oficina de supervisión de la actividad aseguradora rige este proceso en condiciones similares.