¿Qué obligaciones tiene una Sociedad Limitada?

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Una Sociedad Limitada tiene principalmente las siguientes obligaciones como ente jurídico:

  • Obligaciones tributarias o fiscales.
  • Obligaciones mercantiles.
  • Obligaciones contables.
  • Obligaciones laborales.

¿Qué obligaciones tributarias tiene?

El Modelo 200: El Impuesto sobre Sociedades

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE LA SOCIEDAD LIMITADA-Las sociedades generalmente tienen como principal impuesto el Impuesto sobre Sociedades. Dicho impuesto, a pesar de que la sociedad esté inactiva deberá ser presentado anualmente.

El Modelo 303: IVA (Impuesto Sobre el Valor Añadido)

Sin embargo, en la mayoría de los casos y salvo que su actividad esté no sujeta o exenta de IVA, también tendrán que liquidar el modelo 303 de IVA y los respectivos modelos anuales.

El Modelo 111: Retenciones de IRPF de trabajadores y profesionales

Por otro lado, si la sociedad tiene trabajadores y también tiene que liquidar las retenciones de dichos trabajadores, deberá presentar el modelo 111 trimestralmente y el modelo 190 anualmente. También, si la sociedad recibiera algún trabajo por parte de un profesional, su factura quedaría sujeta a IRPF y se deberían de ingresar dichas retenciones mediante el modelo 111.

El Modelo 115: Retenciones de IRPF de alquileres

Si la sociedad realiza su actividad en un establecimiento por el que paga un alquiler y las facturas emitidas están sujetas a retención, también deberá liquidar el modelo 115 correspondientes a las retenciones de IRPF de los alquileres. También hay que tener en cuenta que se deberá presentar el modelo resumen anual 180.

El Modelo 347: Operaciones con terceros superiores a 3.000€

Si la entidad jurídica ha tenido operaciones con terceros, ya sean de ingreso o gasto superiores a 3.000€, entonces estará obligada a presentar este modelo informativo anualmente.

Existen otros modelos tributarios en los que la sociedad podría estar obligada a presentar, sin embargo estos son los que más comunes.

¿Qué obligaciones mercantiles tiene?

Las Cuentas Anuales

Las Cuentas Anuales suponen el documento contable más extenso de cualquier sociedad limitada. Componen varios documentos contables, pero principalmente son el balance de situación, el balance de pérdidas y ganancias y estado de cambios del patrimonio neto.

Además, las Cuentas Anuales deben ir acompañadas de una extensa memoria del ejercicio.

Las Cuentas Anuales  deben ser formuladas, aprobadas y firmadas por los administradores. Se confeccionan pasados tres meses a la finalización del ejercicio y transcurren seis meses para su aprobación definitiva. Requiere consentimiento previo por parte de los administradores y los socios.

Los Libros Contables

Los libros contables son otro documento contable de las sociedades. Está compuesto por el libro diario, el libro mayor, el balance de situación y el balance de pérdidas y ganancias. Existen sociedades que no presentan los libros contables porque no acarrea sanción económica, pero hay que saber que esto es un incumplimiento de las obligaciones de los administradores.

El Libro de Actas

En las pequeñas y medianas empresas (PYMES), no suele utilizarse porque las juntas de socios son informales. Pero cuando la sociedad es más grande, este libro se utiliza para dejar constancia de lo que se ha dicho, establecido o acordado.

El Libro Registro de Socios

Este libro se utiliza principalmente para dejar constancia de las participaciones sociales que tiene cada socio dentro de la sociedad. Por lo tanto se deberá añadir información cuando existan cambios en el seno participativo de la sociedad. Muchas sociedades no cumplen tampoco con esta obligación.

¿Qué obligaciones contables tiene?

Principalmente una SL tiene que llevar una contabilidad ordenada y adecuada a lo que establece el Código de Comercio, las disposiciones de las Cuentas Anuales y la Ley del Sociedades de Capital. La llevanza de los Libros Contables y las Cuentas Anuales mencionados anteriormente obligan a que la contabilidad sea ordenada y por partida doble.

En general las obligaciones contable de una entidad jurídica son mayores que las que podría llevar un empresario autónomo persona física.

¿Qué obligaciones laborales podemos encontrar?

Toda sociedad debe estar representada por al menos un administrador.

Dicho administrador debe de estar de alta en la Seguridad Social. Puede estar de alta en el régimen de autónomos o en el régimen de cuenta ajena. Generalmente en las sociedades el administrador está en el régimen de autónomos, sin embargo también podemos encontrar administrador que no son socios o tienen una participación pequeña en la sociedad, pero que sin embargo sí administran y gestionan la entidad.

Por otro lado, la sociedad deberá de dar de alta a todos los trabajadores que fueran a realizar trabajos para ella o subcontratarlo a otros autónomos que también estén de alta en la Seguridad Social. Hay que tener cuidado porque las multas que aplica la Seguridad Social para empleados que no están de alta son muy elevadas.