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Las rentas que quedarán exentas de IRPF son las siguientes:
Medallas y condecoraciones
Prestaciones públicas derivadas de medallas o condecoraciones por actos de terrorismo, así como las que procedan directamente por víctimas del terrorismo.
El SIDA
Las ayudas percibidas por los afectados del SIDA.
Consecuencias de la Guerra Civil
Las pensiones a consecuencia de los actos acaecidos en la Guerra Civil.
Despido o cese de trabajador
Las indemnizaciones por despido del trabajador.
Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez
Las prestaciones de la Seguridad Social como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Acoger personas con discapacidad o mayores de 65 años
Las prestaciones económicas percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad, de mayores de 65 años o de menores.
Nacimiento, parto o adopción
Quedarán exentas las prestaciones por nacimiento, parto o adopción.
Ayudas a personas con discapacidad o o mayores de 65 años para financiar su estancia en una residencia
Quedarán exentas las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, siempre que el resto de sus rentas no excedan del doble del indicador público de renta de efectos múltiples.
Becas para estudiar
Determinadas becas percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo y así como las de investigación, en los ámbitos expresamente determinados.
Anualidades por alimentos recibidas por los padres
Determinadas becas percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo y así como las de investigación, en los ámbitos expresamente determinados.
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Premios literarios
Los premios literarios, artísticos o científicos.
Ayudas a deportistas de alto nivel
Las ayudas económicas a deportistas de alto nivel.
Prestaciones por desempleo en modalidad de pago único
Las prestaciones por desempleo cuando se perciban en la modalidad de pago único con el límite, en general, de 12.020€, 15.500€ desde enero de 2010 y sin límite desde 01/01/2013, siempre que las cantidades percibidas se destinen a las finalidades previstas.
Participación en misiones internacionales de paz o humanitarias
Las gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español por la participación en misiones internacionales de paz o humanitarias, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Rendimientos del trabajo percibidos en el extranjero
Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con el límite máximo de 60.100€ anuales, con determinados requisitos.
Rentas por entierro
Las prestaciones percibidas por entierro o sepelio, con el límite del importe total de los gastos soportados.
Personas con Hepatitis C
Las ayudas económicas a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público.
Rentas derivadas de seguros que cubran el riesgo de incremento del tipo de interés variables
Las derivadas de la aplicación de los instrumentos de cobertura cuando cubran exclusivamente el riesgo de incremento del tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de la vivienda habitual.
Centros penitenciarios
Las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para compensar la privación de libertad en establecimientos penitenciarios como consecuencia de los supuestos contemplados en la ley de Amnistía.
Nóminas de personas con discapacidad
Los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad correspondientes sistemas de previsión social que reducen la base imponible, así como los rendimientos del trabajo derivados de las aportaciones a patrimonios protegidos hasta un importe máximo para cada uno de tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples.
Rentas para el cuidado del entorno familiar
Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Rentas o ayudas familiares vinculadas al nacimiento, adopción o acogimiento
Las prestaciones y ayudas familiares percibidas de cualquiera de las Administraciones Públicas, ya sean vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores.
Preguntas habituales sobre la exención de IRPF
¿Están exentas de IRPF las becas recibidas por parte de entidades sin fines lucrativos?
Sí, siempre y cuando la entidad sin fines lucrativos cumpla los siguientes requisitos:
- Los destinatarios sean colectividades genéricas de personas, sin que pueda establecerse limitación alguna respecto de los mismos por razones ajenas a la propia naturaleza de los estudios a realizar y las actividades propias de su objeto o finalidad estatutaria.
- Que el anuncio de la convocatoria se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y, bien en un periódico de gran circulación nacional, bien en la página web de la entidad.
- Que la adjudicación se lleve a cabo en régimen de concurrencia competitiva.