¿Qué es un recurso previo de inconstitucionalidad?
El diccionario panhispánico del español jurídico dice que el recurso previo de inconstitucionalidad es aquel que tiene por objeto la impugnación del texto definitivo de un proyecto de estatuto de autonomía o de una propuesta de reforma de un estatuto, una vez aprobado por las Cortes Generales.
Déjanos tu correo y recibe GRATIS,
18 E-MAILS en los que te explicamos:
- Cómo REDUCIR los IMPUESTOS de tu empresa (de forma LEGAL).
- Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
- Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.
De este recurso debe conocer el Tribunal Constitucional (TC), y el tiempo para decidir es de seis meses desde el momento mismo de su interposición:
¿Qué ley introdujo el control previo de constitucionalidad?
La ley que regula el control previo de la constitucionalidad es la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) 12/ 2015 del 22 de septiembre, de modificación de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, para los Proyectos de Ley Orgánica de Estatuto de Autonomía o su modificación.
El control previo está tipificado en el Título VI BIS (del recurso previo de inconstitucionalidad contra Proyectos de Estatutos de Autonomía y contra Propuestas de Reforma de Estatutos de autonomía).
2. El recurso tendrá por objeto la impugnación del texto definitivo del Proyecto de Estatuto o de la Propuesta de Reforma de un Estatuto, una vez aprobado por las Cortes Generales.Artículo 69 de La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)
¿Quién puede presentar un recurso previo de inconstitucionalidad?
El artículo 95 de la Constitución española, siguiendo el modelo francés, establece que el control es potestativo del Gobierno y las Cámaras, que podrán requerir al tribunal Constitucional un pronunciamiento sobre aquellos proyectos donde se presuma la vulneración de los preceptos constitucionales.
¿Cuándo se puede interponer?
Según el mismo artículo 69 de la ley mencionada, el plazo para interponer el recurso previo es de tres días después de la publicación del texto en el Boletín de las Cortes Generales. A partir de ese momento quedan suspendidas la sanción y promulgación de todos los trámites siguientes:
En caso de que el proyecto de Reforma del Estatuto de Autonomía contemplara la realización de un referéndum, éste también quedaría en suspenso.
Déjanos tu correo y recibe GRATIS,
18 E-MAILS en los que te explicamos:
- Cómo REDUCIR los IMPUESTOS de tu empresa (de forma LEGAL).
- Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
- Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.
A partir de la interposición del recurso, deben correr seis meses improrrogables para la decisión del Tribunal Constitucional, la cual será de dos formas:
- Podrá declararse la inexistencia de la inconstitucionalidad alegada, en cuyo caso entrará en vigencia el proyecto de reforma o propuesta de autonomía del estatuto que se ha querido impugnar y se celebrará el referéndum planteado.
- Si el TC declara la inconstitucionalidad, el proyecto impugnado no podrá seguir su curso.
Pero, en ese caso, el TC deberá aclarar los aspectos de su decisión en lo relacionado con los preceptos a los que alcanza, aquellos otros que por conexión resulten afectados en la declaración de inconstitucionalidad y cuáles son los preceptos constitucionales infringidos, en cuyo caso estos preceptos deberán ser eliminados o modificados por las Cortes Generales.
La ley aclara en el artículo 69.9 lo siguiente:
¿Qué es el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad?
Se trata de un control concreto e inter partes cuyos efectos se circunscriben a la gestión judicial respectiva y a las partes que actúan en ella.
Lo que se busca es definir si la aplicación del precepto legal es inconstitucional, no se busca la inconstitucionalidad del precepto legal en sí mismo, pues este, una vez declarada la inconstitucionalidad por el TC, podría aplicarse nuevamente ajustado a la normativa constitucional.
Ejemplo donde se podría usar un recurso previo de inconstitucionalidad
El recurso previo de inconstitucionalidad está limitado a los Estatutos de Autonomía y sus reformas, pero no se extiende a las demás leyes orgánicas, las reformas constitucionales y otras normas donde sería ideal su aplicación, pues cualquier control previo de la constitucionalidad de las leyes es importante.
Por eso, algunos juristas consideran que la previsión de un control previo y obligatorio para algunos tipos normativos sería una de las vías necesarias para fortalecer el modelo jurídico español.