- Certificación negativa del nombre de la sociedad en el Registro Mercantil Central para verificar que no existe otra entidad jurídica con el mismo nombre (generalmente lo hace la notaría).
- Solicitar el Número de Identificación Fiscal a la Agencia Tributaria mediante el modelo 036.
- Acudir a un notario para realizar la escritura pública.
- Liquidar en caso necesario el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentos. (Depende de la Comunidad Autónoma)
- Inscripción de la Empresa en el Registro Mercantil Provincial.
- Alta censal en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 e indicación de las obligaciones fiscales que tendrá la sociedad (IVA, retenciones, etc).
- Alta en el Impuesto sobre Actividad Económicas mediante el modelo 036 (probablemente la sociedad esté exenta, pero sujeta a este impuesto).
- Alta en el régimen de trabajadores autónomos (RETA) o en el régimen General de la Seguridad Social para los socios trabajadores o administradores (sólo para estos la posibilidad de régimen general).
- Legalización de los libros obligatorios en el Registro Mercantil que corresponda a la provincia donde esté localizada la entidad.
- Obtención del certificado digital FNMT.
- Obtención de la licencia de actividad en el Ayuntamiento correspondiente.
- Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.
- Obtención del calendario laboral.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo en el caso de que se contraten empleados.
- Registro de las marcas de la empresa en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Trámites para la Constitución de la Sociedad Limitada
El primer paso para crear una sociedad limitada es mediante escritura pública otorgada ante notario, e inscrita en el registro mercantil. Esta escritura es necesario que determine:
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- Cómo REDUCIR los IMPUESTOS de tu empresa (de forma LEGAL).
- Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
- Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.
- La identidad del socio o socios.
- Las aportaciones que cada socio realiza y la numeración de las participaciones asignadas en pago.
- Determinar la aportación que realiza cada socio, ésta puede ser en metálico o en especie. En caso de que sea en especie, los objetos pasarán a ser bienes de la sociedad. Aunque no sea obligatorio sí se recomienda que esta aportación no dineraria haya sido valorada por un perito.
- Los estatutos de la sociedad
- La determinación del modo en que inicialmente se organiza la administración.
- La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y representación social. Y ya elegidos los administradores determinar qué tipo de retribución van a recibir o si su cargo será gratuito.
En los estatutos de la sociedad además tendremos que incluir por lo menos:
- Denominación de la sociedad.
- El domicilio social.
- El capital social, las participaciones en que se divida.
- El modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores, el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si hiciese falta.
- El modo de adoptar y deliberar sus acuerdos con los órganos colegiados de la sociedad.
La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro mercantil Provincial. Bien por medio de las Consejerías de Hacienda de las CCAA (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) o por medio del Registro mercantil Provincial o el Registro Mercantil Central.
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Hay que tener en cuenta que una sociedad limitada estará formada sí o sí por una serie de socios. La forma jurídica que tengan dichos socios puede ser variada. Es decir, pueden ser otras sociedades mercantiles y también pueden ser personas físicas. En el caso de que los administradores de dicha sociedad sean personas físicas, en la mayoría de ocasiones deberán de estar dados de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos.
Hay que tener en cuenta que hoy en día la Administración y el Registro mercantil Central han facilitado considerablemente la tramitación telemática de una sociedad de responsabilidad limitada.