¿Qué es la cesantía?
España acuñó la figura del paro a partir del siglo XIX al referirse con este término a los funcionarios públicos que perdían su puesto de trabajo, normalmente tras producirse cambios de gobierno. En ese escenario, al trabajador afectado se le reconocía una parte de su remuneración.
Déjanos tu correo y recibe GRATIS,
18 E-MAILS en los que te explicamos:
- Cómo REDUCIR los IMPUESTOS de tu empresa (de forma LEGAL).
- Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
- Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.
Pero en la actualidad, la cesantía también alude al dinero que percibe una persona que se ha quedado sin empleo, que está cesante. En este caso, la cesantía es una prestación económica temporal que perciben los trabajadores amparados por el sistema de Seguridad Social de algunos países.
Se pierde cuando el beneficiario consigue un nuevo empleo.
¿Cuáles son las características de la cesantía?
- Es un subsidio que en muchas naciones se reconoce como un derecho adquirido de los trabajadores.
- Contempla como característica fundamental aportaciones obligatorias por parte del empleador, que se van acumulando periódicamente en un fondo especial comúnmente llamado Fondo de Cesantía, el cual es administrado por Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías.
- Aunque esta figura puede variar de un lugar a otro, la idea es ganar rentabilidad con estos ahorros especiales.
- Aplica en las siguientes condiciones:
- El trabajador ha cotizado por desempleo como mínimo durante 360 días en los últimos 6 años anteriores a la cesantía.
- Legalmente, se halla en una situación de desempleo, es decir, está en paro. Fue despedido en un proceso individual o colectivo, no importa si es procedente o no la medida; finalizó el contrato de trabajo o periodo de pruebas; se redujo, extinguió o fue suspendido un ERE; finalizó el contrato por muerte; el empresario se jubiló o fue incapacitado; incapacidad permanente total del trabajador, entre otros casos.
- Si la baja es voluntaria la prestación por desempleo no se activa.Tampoco funciona para personas en edad de jubilación ni en los casos de trabajadores por cuenta propia.
¿Cómo se pagan las cesantías?
En España, la llamada prestación contributiva se concede a tenor de los días cotizados que posee el trabajador. Si ostenta 360 días o más de cotizaciones acumuladas y no consumidas en los últimos seis años, puede solicitar el paro y no debe confundirse esta figura con los subsidios por desempleo.
Que son ayudas asistenciales para casos diferentes aplicados a personas que no poseen rentas de ningún tipo.
- Desde 540 a 719 días cotizados= 180 días de prestación.
- Desde 720 a 899 días cotizados= 240 días de prestación.
- Desde 900 a 1.079 días cotizados= 300 días de prestación.
Existen límites que se aplican siempre que el trabajo se haya realizado a tiempo completo. En 2022 las cantidades mínimas a cobrar en la prestación contributiva son las siguientes:
- Prestación contributiva mínima sin hijos: 80% del IPREM= 540,41 euros.
- Prestación contributiva mínima con uno o más hijos: 107% del IPREM=722,80 euros.
El IPREM es un valor oficial de referencia usado para calcular las prestaciones que fija el Gobierno anualmente. Se usa calculando el porcentaje sobre el mismo, para obtener topes máximos arriba señalados.
En España, el Servicio Público de Empleo Estatal, conocido por las siglas SEPE, tiene en su página web un servicio de autocálculo de prestaciones por desempleo muy importante, ya que permite conocer en tiempo real la cuantía del paro que le quedará a disposición, tras la finalización de un contrato o el subsidio al que puede optar cuando se agota el paro.
Déjanos tu correo y recibe GRATIS,
18 E-MAILS en los que te explicamos:
- Cómo REDUCIR los IMPUESTOS de tu empresa (de forma LEGAL).
- Cómo gestionarla a nivel financiero y tributario: MÁS y MEJOR.
- Qué vigila HACIENDA y Cuándo debes preocuparte.
En el simulador se formulan preguntas que deben ser respondidas con transparencia por el usuario del servicio. De la misma manera, para conocer si se dispone de recursos por concepto de cesantía en algún Fondo es preciso. Para acceder al sistema es preciso seguir los siguientes pasos:
- Obtener la tarjeta de paro al inscribirse como demandante de empleo.
- Solicitar la prestación en un plazo no mayor a 15 días hábiles siguientes al último día trabajado. No se incluyen en esta cuenta los sábados, domingos ni feriados o días festivos. Y se incluyan los días de vacaciones no disfrutados serán incluidos como días activos, aun cuando la empresa haya cancelado las mismas.
- Es importante también tener a la mano la siguiente documentación:
- DNI, NIE o pasaporte de la persona en cesantía laboral.
- Libro de familia.
- Certificado de empresa (por lo general las empresas lo envían al SEPE/INEM) donde se certifica la baja laboral, con motivos y fecha efectiva.
- Contratos a tiempo parcial en los últimos 6 años, a los fines de incorporarlos al cálculo de días cotizados.
La prestación debe ser solicitada personalmente en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, o SEPE, pero cabe destacar que en toda España es obligatorio pedir previamente una cita por teléfono o internet, tras llenar un formulario de pre-solicitud disponible en línea.
La prestación igualmente puede pedirse a través de medios de identificación segura, como el DNI electrónico o clave o a través de un certificado digital, accesado desde la web del SEPE.
El problema actual radica en que con la severidad de la pandemia de Covid-19, en los últimos dos años las oficinas se han saturado y no hay citas previas disponibles.
¿Cómo se calcula una cesantía?
El cobro del paro siempre se calcula sobre la base de dos premisas o conceptos importantes: una base reguladora y las cotizaciones que en los últimos 180 días haya cotizado la empresa para beneficio del trabajador amparado.
Así las cosas, para poder saber a cuánto ascenderá el monto del paro que debemos cobra se tiene que hacer la siguiente operación:
Cabe destacar que en realidad se cobra el 70% de la misma durante los seis primeros meses y después será el 50%. Para hacer este cálculo, es preciso buscar en la última nómina un concepto llamado Contingencias Comunes. Allí debe aparecer la cantidad cotizada.
El paro se cobra como mínimo durante cuatro meses y un máximo de dos años. Aunque todo dependerá de las cotizaciones que tenga acumuladas el trabajador en los últimos 6 años. Mientras más días de cotizaciones haya acumulado, más tiempo podrá cobrar el paro.